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Aprueba SCJN derecho a la vida familiar para parejas LGBTI

No podrán verse limitadas de esa posibilidad ante ninguna instancia, incluidos los registros civiles

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No podrán verse limitadas de esa posibilidad ante ninguna instancia, incluidos los registros civiles

Por: Agencias
México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió la tesis jurisprudencial 08/2017, con la que valida el derecho a la vida familiar por parte de las parejas LGBTI. “La Corte entiende que la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita únicamente a la vida en pareja, sino que puede extenderse a la procreación y a la crianza de nií±os y nií±as según la decisión de los padres”, se lee en el documento. Esto, tras considerar el planteamiento de otros organismos como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde se seí±ala "la similitud entre las parejas homosexuales y heterosexuales en cuanto a su capacidad de desarrollar una vida familiar”. Por tanto, aquellas parejas LGBTI que deseen adoptar o utilizar algún método cientí­fico para formar una familia, no podrán verse limitadas de esa posibilidad ante ninguna instancia, incluidos los registros civiles. Lo anterior está en sintoní­a con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual ha determinado que “el interés superior del nií±o no puede ser utilizado para amparar la discriminación en contra de la madre o el padre por la orientación sexual de cualquiera de ellos”. Con información de letraese.org.mx.
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