
Piedras Negras, Coahuila; 15 de marzo.- El coordinador del departamento de Regulación y Fomento Sanitario, Ernesto Morales Iglesias indicó que la Suprema Corte de Justicia determinó que toda zona para fumadores debe estar solo al aire libre, por lo que se avala la eliminación de áreas con ese fin en interiores de ciertos establecimientos de ciertos giros o actividades.
Destacó que con esta medida lugares como restaurantes, cafeterías, salones de eventos, etcétera, deben tener espacios al aire libre en los cuales se pueda fumar, de acuerdo a los que establece la Ley General para el Control del Tabaco.
El licenciado Morales Iglesias aseguró que en caso de que los encargados o propietarios de cualquier establecimiento de ese tipo no cumplan esta resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se estaría haciendo merecedor de una sanción.
Agregó que con esta medida se eliminan los espacios exclusivos para fumadores en interiores, para evitar la incomodidad de los clientes, sobre todo los considerados como fumadores “pasivos”.
De igual manera el coordinador de Regulación y Fomento Sanitario estableció que también existen cadenas nacionales de tiendas de conveniencias que promovieron un amparo contra la medida de no tener a la vista de los clientes productos a base de tabaco y vapeadores.
VCF