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Entra en vigor decreto para mudar operaciones de carga del AICM

Empresas cargueras habían solicitado al gobierno ampliar de 108 a 180 los días hábiles como mínimo para una migración segura, pero las autoridades dejaron el plazo en 108 días

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Por: EL Universal 

Este viernes entra en vigor el decreto por el que todas las operaciones de carga aérea del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) deberán mudarse a otras terminales aéreas en un plazo máximo de 108 días hábiles.

El decreto presidencial se dio a conocer el jueves por la noche y establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Establece que los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga tienen como plazo máximo el señalado, a partir de la entrada en vigor del decreto, para reubicar sus operaciones fuera del aeropuerto capitalino.

Cabe mencionar que empresas cargueras habían solicitado al gobierno federal ampliar de 108 a 180 los días hábiles como mínimo para una migración segura; sin embargo, las autoridades dejaron el plazo en 108 días.

En una de sus conferencias matutinas, el presidente Andrés Manuel López Obrador rechazó la propuesta de las aerolíneas de carga de ampliar el plazo, y manifestó: “¿Creen que me chupo el dedo?”.

Por saturación, "voló" el cierre a vuelos de carga en AICM


EL UNIVERSAL reveló que el pasado 18 de enero el gobierno federal, por medio de la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), buscaba la publicación lo antes posible del decreto presidencial para cerrar el servicio aéreo de carga en el AICM.

Lo anterior al advertir la posibilidad de un accidente debido a la saturación que existe en el complejo aeroportuario "Benito Juárez", ubicado en la capital del país.

En un oficio entregado a la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) se detallaba que el pasado 12 de enero, el general Miguel Enrique Vallin Osuna, titular de la AFAC, solicitó a ese organismo la aplicación de plazos mínimos de consulta pública, que es de 20 días.

La Agencia Federal de Aviación Civil reconoció que durante el proceso de elaboración del proyecto de decreto presidencial no hubo ninguna consulta pública ni se acercó a ninguna empresa o grupo de interés del sector aéreo.

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