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SSPC envía comunicado sobre acciones de alcalde de Torreón

Operativos de Seguridad están facultados por la Ley.

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Operativos de Seguridad están facultados por la Ley.

Por: Agencias Torreón, Coahuila de Zaragoza; a 2 de Octubre de 2019.- Con respecto a los hechos ocurridos este mediodí­a en el Operativo de Seguridad del bulevar Independencia, en el Municipio de Torreón, la Secretarí­a de Seguridad Pública de Coahuila puntualiza: 1.- Los operativos vehiculares implementados por esta Secretarí­a en las diferentes regiones del estado responden, como se ha seí±alado en forma reiterada, a una de las lí­neas que forman parte de la estrategia de seguridad en Coahuila. 2.- Al tiempo, se orienta y se canaliza a los propietarios de vehí­culos que no están al corriente en el cumplimiento de los derechos vehiculares, para que se regularicen. En los casos en los que el rezago así­ lo amerita o carecen de identificación —como se anunció oportunamente—, se aseguran las unidades y se orienta a los ciudadanos sobre la forma de recuperarlas. 3.- Es importante seí±alar que un alto í­ndice de los delitos cometidos por bandas delincuenciales, así­ como del fuero común, se llevan a cabo utilizando vehí­culos a los que no es posible identificar toda vez que carecen de láminas o las que portan son obsoletas. 4.- Particularmente en Torreón, en las últimas semanas se han registrado diversos delitos, entre ellos el robo de vehí­culo con la modalidad de al mismo tiempo retener o privar de su libertad al conductor. 5.- Por la coordinación que hay entre los diferentes órdenes de Gobierno en busca de mantener la paz y la tranquilidad, llama la atención lo sucedido hoy. Extraí±a además que haya sido una medida unilateral y sin considerar el principal objetivo de los operativos: La seguridad. 6.- Estos operativos, hay que seí±alarlo, están facultados por la Ley. El Artí­culo 256 de la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable del Estado de Coahuila de Zaragoza, establece que todo vehí­culo para transitar u ocupar la ví­a pública deberá portar los elementos de identificación, tales como placas vigentes, tarjeta de circulación, holograma de verificación vehicular y constancia o póliza de seguro vial vigentes que garantice por lo menos los daí±os y perjuicios contra terceros. Por consiguiente, los vehí­culos que no porten placas de circulación vigentes no podrán transitar u ocupar la ví­a pública. El Artí­culo 108 del Reglamento de la Ley de Tránsito y Transporte del Estado de Coahuila de Zaragoza, establece que no podrán circular en las ví­as públicas los vehí­culos que no porten las placas de matriculación correspondientes, y que las autoridades de Tránsito, en el ámbito de su competencia, podrán retirar de la circulación aquellas unidades que no cuenten con dichas placas sin justificación. El Artí­culo 292, fracción II, del reglamento de referencia, establece que son causas de retiro y aseguramiento en depósito destinado para ello, cuando el vehí­culo no porte placas de matriculación. 7.- La Secretarí­a de Seguridad Pública del Estado continuará con los operativos en el Municipio de Torreón. ¡La seguridad es primero!
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