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Concluye plazo para reparto de utilidades a empleados

Roberto Campa anunció que el reparto de utilidades por parte de persona morales a sus empleados concluye mañana

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Roberto Campa anunció que el reparto de utilidades por parte de persona morales a sus empleados concluye maí±ana

Por: Notimex Ciudad de México.- El secretario del Trabajo y Previsión Social, Roberto Campa Cifrián, anunció que el reparto de utilidades por parte de persona morales a sus empleados concluye maí±ana, en tanto, el pago de esta prestación social por personas fí­sicas termina el próximo 29 de junio. Además, aclaró que los trabajadores que prestan sus servicios en una outsourcing también tienen derecho a recibir esa conquista social. En conferencia de prensa donde estuvo acompaí±ado por la titular de la Procuradurí­a Federal de la Defensa del Trabajo, Alejandra Negrete Morayta; por el subsecretario, Carlos Augusto Siqueiros Moncayo y Jorge Aguilar, director de Inspección, manifestó que este derecho plasmado en la Ley Federal del Trabajo no está en ví­as de extinción, ya que forma parte de sus ingresos salariales. Expuso que es necesario que los trabajadores conozcan y cuenten con la información necesaria para ejercer su derecho al pago del reparto de utilidades, lo cual significa una retribución producto de su trabajo y esfuerzo que contribuye al bienestar de la familia, a la consolidación de la economí­a, el equilibrio de los factores de la producción y al fortalecimiento de la paz laboral. Aseguró que la Secretarí­a del Trabajo y Previsión Social supervisa de manera continua las responsabilidades que tienen los empleadores frente a sus trabajadores y agremiados promoviendo así­ la armoní­a de las relaciones laborales. En este sentido, "nos encontramos en la fase del aí±o para el pago del reparto de utilidades, el cual es un derecho de la clase obrera, que consiste en recibir una parte de las ganancias que obtuvo la empresa o el patrón por la actividad productiva o los servicios ofertados en el mercado para las cuales contribuyeron las y los trabajadores con su productividad y con su esfuerzo diario. Así­, precisó, en mayo y junio las empresas o personas fí­sicas con actividad empresarial con más de un aí±o en funcionamiento, cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según la declaración fiscal anual 2017, tienen la obligación de hacer el pago del reparto de utilidades. Aclaró que este derecho es irrenunciable y en caso de que sea violado en la dependencia se cuenta con dos mecanismos para garantizarlo en su totalidad, el primero es aquel que puede solicitarse ante la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo. En el caso de que no se haya determinado el reparto de utilidades en una empresa, o ésta se haya declarado en ceros en el ejercicio fiscal 2017, en ese sentido, la Dirección General de Inspección, puede hacer visitas a las empresas y cotejar los libros de pago y estados financieros para poder verificar la generación y pago de utilidades, precisó el encargado de la polí­tica laboral del paí­s. Alertó que en el caso que no se realice el pago de utilidades, se les impone una multa la cual oscila entre 250 y cinco mil Unidades de Medida, lo que equivale a un pago de entre 20 mil 150, hasta 403 mil pesos. A su vez, la Procuradurí­a Federal de la Defensa del Trabajo, tiene la facultad de orientar, asesorar y representar a los trabajadores que así­ lo requieran. El Servicio de Orientación, Asesorí­a Jurí­dica, consiste en proporcionar alternativas a la persona trabajadora sobre la forma en que puede solicitar la solución de su conflicto laboral, comentó. Campa Cifrián explicó que el Servicio de Conciliación es una alternativa jurí­dica viable para resolver diferencias laborales entre patrones y trabajadores de manera amistosa, respetando sus derechos laborales. En tanto, aí±adió, el Servicio de Representación Jurí­dica representa a los trabajadores ante los tribunales laborales.
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