
Bajo la nueva reforma presentada por el gobernador Miguel Riquelme ahora las convocatorias para ser notario serán abiertas y los candidatos serán evaluados por sinodales.
Por: Ernesto Acosta
Saltillo, Coah.- A propuesta del gobernador Miguel Riquelme, la fracción parlamentaria del PRI en el Congreso del Estado presentó y aprobó una reforma a la ley para que en adelante, el Gobernador no pueda dispensar la presentación de exámenes para concursar por un fíat notarial. A la vez, la reforma establece la integración de un jurado examinador para quienes aspiren a obtener un fíat.
Entre las modificaciones que ya fueron aprobadas por el Congreso, se asienta que un funcionario podrá ejercer su labor notarial aun siendo funcionario público, exceptuando los casos en que se trate de alcaldes, gobernador o presidente de la República.
Destaca que los notarios podrán certificar, ratificar y autorizar el procedimiento de Divorcio Voluntario Notarial, siempre que se cumpla con lo previsto en la Ley para la Familia y el Código de Procedimientos Familiares, que también será modificada para armonizar con esta nueva disposición.
Se establece que los fedatarios promoverán la donación de órganos para ser utilizados después de la muerte y con ello, elaborar las actas notariales correspondientes de acuerdo con la ley y proceder a las notificaciones conducentes al sector salud y demás dependencias.
Gobernador ya no nombrará notarios
La figura del Gobernador en Coahuila ya no tendrá la facultad de otorgar la dispensa del examen de oposición para ser notario y estos podrán otorgar el âdivorcio voluntario notarialâ, lo que facilitará el trámite, siempre y cuando no haya hijos menores de edad de por medio.
Además, se otorga facultad a los notarios para promover la donación de órganos para ser utilizados después de la muerte, conforme a las disposiciones aplicables y en su caso levantar el acta de donación de órganos correspondiente.
Esto, mediante reformas y adiciones a la Ley del Notariado presentadas por diputados de la actual legislatura y por el Ejecutivo del Estado, que aprobó el Pleno del Congreso del Estado.
Jesús de León Tello (PAN) destacó que el gobernador ya no podrá dispensar la práctica del examen para ser notario, va a ser obligación lanzar convocatoria abierta e integrar un jurado con sinodales preparados, bajo los cuales se va a examinar a los profesionales del derecho y los más aptos, y a los que acrediten con mayor calificación se les va a dar âesta honrosa distinción, como sucede en la Ciudad de Méxicoâ.
PREPARADOS
âLa sociedad exige que quienes vayan a ejercer esta función sean personas preparadas y que sean de una honorabilidad intachableâ.
Indicó que en los últimos 20 aí±os, en cada legislatura se hicieron esfuerzos por modernizar la función del notariado, una actividad de interés público y social, que da certeza jurídica a los particulares.
Aí±adió que un tema preo-cupante eran las dispensas del examen de oposición, tanto para el aspirante como para el otorgamiento del fiat notarial, pues debe cerciorarse que la persona que solicita ejercer esta función está capacitada para brindar el servicio.
âSi bien la Ley del Notariado establecía que se podía dispensar del examen de oposición, siempre y cuando el Ejecutivo considerara que la persona está debidamente capacitada, la dispensa debía estar fundada y motivada, lo que en la práctica difícilmente podíamos verâ.
Luis Gurza Jaidar (PRI) destacó que las modificaciones atienden propuestas de los partidos representados en la actual legislatura y se da respuesta a una problemática aí±eja.
âHoy se respiran aires de esperanza, de justicia en el Gobierno de Coahuila. El que el gobernador Miguel íngel Riquelme solicite de manera muy respetuosa ante la división de poderes a que entremos a la discusión de estos temas, permite que en Coahuila se respiren aires diferentes, que a los coahuilenses nos dan la posibilidad de que van a suceder cosas importantesâ, apuntó Gurza.
MODIFICACIONES A LEY DE NOTARIADO
» Para certificar, ratificar y autorizar el âdivorcio voluntario notarialâ deberá cumplirse con lo ordenado en la Ley para la Familia y el Código de Procedimientos Familiares.
» Se elimina la facultad del notario de otorgar instrumentos sin que los comparecientes se identifiquen en aquellos casos en donde los conozcan.
» Se sustituye la figura del Ejecutivo del Estado por la del secretario de Gobierno para adecuarlo al procedimiento seí±alador.
» El cargo termina por separación definitiva del cargo como sanción impuesta por el secretario de Gobierno.
» En casos de abandono del cargo, sin haber solicitado licencia, quedará sin efecto el nombramiento.
» El secretario de Gobierno designará al sustituto.
» La responsabilidad administrativa en que incurran los notarios será castigada.
» Se precisan los actos u omisiones del notario.
» Se crea la institución del notario adjunto.
» El notario de número podrá designar al notario adjunto cuando el Ejecutivo, por conducto del secretario de Gobierno, le haya concedido licencia.
» El notario adjunto deberá presentar el examen de aspirante a notario.