WhatsApp
Pronostico del tiempo
Puentes Internacionales
Twitter
Instagram
YouTube
Facebook

+

Luna Canales quiere que presos voten

Diputado Federal propone devolver derechos a presos.

  • 315

Diputado Federal propone devolver derechos a presos.

Por: Ernesto Acosta Saltillo, Coahuila.- El diputado federal Armando Luna Canales propone derogar del Artí­culo 38 de la Constitución Mexicana, la fracción II que indica que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden “por estar sujeto a proceso criminal por delito que merezca la pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión”, a fin de que puedan emitir el sufragio. Un análisis de la Carta Magna, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polí­ticos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, permite concluir que la suspensión de los derechos o prerrogativas del ciudadano por estar sujeto a un proceso no es absoluta ni categórica, explicó. El diputado federal Armando Luna Canales propuso derogar la ley que indica que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden “por estar sujeto a proceso criminal”. “Las disposiciones establecen las bases para admitir que, aun cuando el ciudadano haya sido sujeto a proceso penal, al habérsele otorgado la libertad caucional y materialmente no se le hubiere recluido a prisión, no hay razones válidas para justificar la suspensión de sus derechos polí­tico-electorales”. “Resulta innegable que al no haberse privado la libertad personal del sujeto y al operar en su favor la presunción de inocencia, debe continuar con el uso y goce de sus derechos”. Subrayó que la suspensión de derechos consistente en la restricción particular y transitoria del ejercicio de los derechos del ciudadano, relativos a la participación polí­tica, debe basarse en criterios objetivos y razonables. “Por tanto –dijo–, tal situación resulta suficiente para considerar que, mientras no se le prive de la libertad y, por ende, se le impida el ejercicio de sus derechos y prerrogativas constitucionales, tampoco hay razones que justifiquen la suspensión o merma en el derecho polí­tico-electoral de votar del ciudadano”. Además, el Artí­culo 1º Constitucional obliga a una interpretación bajo el principio pro persona y maximizadora de los derechos humanos. “La negación de los derechos polí­ticos a partir de un auto de formal prisión por delitos que merezcan pena corporal, no obedece a ningún criterio razonable o justificable, aún en aquellos casos en los que se ha argumentado que no se trata de una pena sino de una medida precautoria. En uno u otro supuesto, suspender los derechos a la participación polí­tica ha dependido más bien de razones polí­ticas o ideológicas más que estrictamente jurí­dicas y garantistas”, apuntó.
Publicación anterior Denuncian a médico por muerte de bebé
Siguiente publicación Aprovechan cemento subsidiado
Entradas relacionadas
Ver noticia

Disponen medicamento para prevenir el VIH

Ver noticia

Esperan saldo blanco en festejos de Pascua

Ver noticia

Rescatan a niña de de ahogarse en río

Ver noticia

Promueven visitar el museo de Villa

Comentarios
  TV en Vivo ;