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Conapred aplaude tesis de la Corte sobre familias homosexuales

Se establece que la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita a la vida en pareja.

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Se establece que la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita a la vida en pareja.

Por Agencias 

Ciudad de México.- El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) se congratuló con la aprobación de una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que establece que la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita a la vida en pareja, sino que puede extenderse a la procreación y crianza de hijos.

En un comunicado, se refirió a la jurisprudencia 8/2017 (10ª) de la Primera Sala de la Corte publicada el pasado 27 de enero en el Semanario Judicial de la Federación.

De acuerdo con el Conapred, esa jurisprudencia establece de manera inequí­voca que “la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita únicamente a la vida en pareja, sino que puede extenderse a la procreación y a la crianza de nií±os y nií±as según la decisión de los padres”.

Tal criterio, agregó, reafirma la obligación en materia de derechos humanos de reconocer a la familia como “una realidad social” con múltiples formas y manifestaciones.

El máximo tribunal del Estado, dijo, reconoce la existencia de parejas del mismo sexo que “hacen vida familiar con nií±os y nií±as procreados o adoptados por alguno de ellos, o parejas que utilizan los medios derivados de los avances cientí­ficos para procrear”.

Dicha afirmación, según el Consejo, está “en sintoní­a” con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que determinó que “el interés superior del nií±o no puede ser utilizado para amparar la discriminación en contra de la madre o el padre por la orientación sexual de cualquiera de ellos”.

Bajo esos argumentos, el Conapred resaltó la relevancia de la tesis mencionada en virtud de “su contenido y obligatoriedad” para los órganos jurisdiccionales, que incluye a los tribunales de justicia de todas las entidades federativas.

Por último, enfatizó que “el criterio reiterado por la Suprema Corte de Justicia es un avance fundamental en la protección y garantí­a del derecho a la igualdad y no discriminación por motivo de orientación sexual en nuestro paí­s”.

Con información de Proceso.

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