Por: Agencias
México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitió la tesis jurisprudencial 08/2017, con la que valida el derecho a la vida familiar por parte de las parejas LGBTI.
âLa Corte entiende que la vida familiar entre personas del mismo sexo no se limita únicamente a la vida en pareja, sino que puede extenderse a la procreación y a la crianza de nií±os y nií±as según la decisión de los padresâ, se lee en el documento.
Esto, tras considerar el planteamiento de otros organismos como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, donde se seí±ala "la similitud entre las parejas homosexuales y heterosexuales en cuanto a su capacidad de desarrollar una vida familiarâ.
Por tanto, aquellas parejas LGBTI que deseen adoptar o utilizar algún método científico para formar una familia, no podrán verse limitadas de esa posibilidad ante ninguna instancia, incluidos los registros civiles.
Lo anterior está en sintonía con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual ha determinado que âel interés superior del nií±o no puede ser utilizado para amparar la discriminación en contra de la madre o el padre por la orientación sexual de cualquiera de ellosâ.
Con información de letraese.org.mx.