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Oficializa SCJN permiso a Plaza México para reanudar corridas de toros

La Corte notificó oficialmente la sentencia que autoriza reanudar las corridas de toros en la Plaza México, a 3 días del primer evento.

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Por Agencia Reforma

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia notificó hoy oficialmente la sentencia que autoriza reanudar las corridas de toros en la Plaza México, justo a tres días de la celebración del primer evento de este tipo en casi dos años.

La Segunda Sala de la Corte notificó el fallo votado por unanimidad en la sesión pública del pasado 6 de diciembre, cuando los Ministros acordaron revocar la suspensión concedida en mayo de 2022 por el juez Jonathan Bass.

Esta notificación era indispensable para tener por revocada la suspensión, pues sin ella, el juez mantenía vigente la medida, que otorgó en un amparo promovido por la asociación civil Justicia Justa.

La Corte usualmente toma de uno a dos meses para notificar las versiones finales de sus sentencias, conocidas como engroses, que son las que tienen validez jurídica, aunque hay casos en los que tarda más de seis meses.

Para el caso de la Plaza México, este periodo fue interrumpido por las vacaciones de diciembre.

“La asociación civil quejosa no acreditó que con la suspensión de las actividades taurinas se fuera a evitar un daño inminente e irreparable a los derechos que aduce defender”, resolvió la Corte.

“Por el contrario, la suspensión en los términos del Juez de Distrito sí constituye una restricción a los derechos de todas las personas que se dedican a las diversas actividades que se desarrollan en torno a los espectáculos taurinos, quienes en este momento cuentan con autorizaciones legales y vigentes”, agregó.

La sentencia, que elaboró la Ministra Yasmín Esquivel, es crucial para la supervivencia de la tauromaquia en México, pero no es un fallo definitivo de la Corte sobre el tema.

Lo anterior, porque los Ministros sólo se pronunciaron sobre aspectos técnicos de la suspensión que concedió Bass, pero falta que dicho juez resuelva sobre la Constitucionalidad del Reglamento Taurino y la Ley para Celebración de Espectáculos Públicos, normas que permiten las corridas.

Una vez que el juez dicte sentencia en el expediente principal del juicio de amparo, es probable que el caso regresará a la Corte, para que examine los argumentos de fondo de Justicia Justa.

El fallo tampoco impide que Congresos estatales o gobiernos municipales prohíban las corridas en sus leyes y reglamentos locales.

 

 

 

 

 

AFPR

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