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Libertad condicional del padre “Meño” no es un hecho; incluiría varias reservas y condicionantes

Aunque el padre "Meño" pudiera pedir libertad condicional, cosas como la absolución no se le serían brindadas aún; dice el abogado de la víctima

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Piedras Negras, Coahuila; 30 de julio.- La libertad condicional de un reo, procesado y condenado, es un derecho marcado en la Ley Penal, en el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Nacional de Ejecución de Penas, por lo que el padre Meño puede hacer uso de ella.

Sin embargo, ello no significa que se trate de una libertad absoluta y mucho menos una absolución, como mucha gente ha expresado equivocadamente, declaró Hugo Alberto Flores Lucio, abogado de la víctima del ex rector del seminario.

Aseveró que quedó debidamente acreditado el abuso sexual cometido por Juan Manuel “N” en contra del menor de edad, por lo cual recibió su condena y sentencia, pero al igual que cualquier reo, puede acceder a una preliberación.

Pero para ello, añadió el abogado, deberá de cumplir con varios requisitos que la misma ley exige, así como también una serie de medidas cautelares que definirá el juez, como son firmas periódicas, alejamiento, entre otras.

 

 

 

 

HDC

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