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Impugnará gobierno de AMLO suspensión de Plan B tras ‘madruguete’ de la SCJN

Presidencia acusó a ministro Javier Laynez de violentar la Constitución al desactivar 'Plan B', por lo que impugnará suspensión ante SCJN

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El ministro Javier Laynes Potisek otorgó una suspensión en contra del segundo paquete de reformas que conforman el Plan B electoral. Foto: Cuartoscuro

 

Por: Agencia Reforma

Ciudad de México.- Por considerar que viola la Constitución, el Ejecutivo federal impugnará la resolución del ministro de la Corte, Javier Laynez Potisek, que suspendió en su totalidad la aplicación de la reforma electoral conocida como “Plan B“.

Esta mañana, la Consejería Jurídica de Presidencia arremetió contra el juzgador, al que acusó de “arrancar hojas” de la Carta Magna, tras haber resuelto un tema de carácter electoral que, desde su punto de vista, no le corresponde.

“Ante esta serie de arbitrariedades y una vez que se notifique formalmente dicha resolución, el Ejecutivo federal, a través de su Consejería Jurídica, impugnará la decisión del ministro Laynez Potisek, que admitió a trámite y suspendió la aplicación del Decreto”, informó.

“El Ejecutivo federal no permitirá que se violente la Constitución ni el orden jurídico mexicano, y solicitará al pleno de la SCJN revocar el acuerdo que admite a trámite dicha controversia, así como la medida suspensiva”.

A través de un comunicado, Presidencia consideró preocupante que el ministro haya suspendido la totalidad del decreto controvertido, aún cuando el INE ni siquiera solicitó ese alcance.

“Incluso, no impugnó la totalidad de las normas modificadas, sino sólo aquellas que considera pueden afectar la operatividad del instituto”, señaló.

El Ejecutivo advirtió que la Carta Magna solo faculta a la SCJN a conocer de las controversias donde se cuestione la regularidad constitucional de las normas generales, actos u omisiones, “con excepción de las que se refieran a la materia electoral”.

Detalló que existe una restricción constitucional expresa para que no se discutan las reglas electorales entre los órganos del Estado, pues “no es función del árbitro electoral” cuestionar las normas jurídicas que el Poder Legislativo expidió.

“De conformidad con el artículo 19, fracción II de la Ley la Reglamentaria, no deben suspenderse los efectos de una norma general. Tampoco es normal que se admita a trámite una controversia constitucional en materia electoral porque la Constitución no lo permite”, refirió.

“Se trata de régimen de excepción que modifica los precedentes jurisprudenciales en la materia y anula por completo la presunción de validez constitucional que toda norma general posee, ya que la ley constituye la expresión de la voluntad popular a través de sus representantes electos democráticamente”.

La Consejería Jurídica se inconformó hasta por la fecha y la hora en la que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) difundió la decisión de Laynez, que suspende la aplicación del “Plan B” electoral.

“El pueblo de México debe saber que no es común que, en viernes por la noche y sin notificar formalmente a las autoridades la Corte anuncie públicamente una determinación tan relevante”, criticó.

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