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Ley General para el Control del Tabaco: ¿En qué lugares estará prohibido fumar a partir del 15 de enero?

Antes había la permisibilidad que hubiera áreas reservadas para fumadores, ahora, fumar en la mayoría de estos podría acarrear sanciones.

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Por Grupo Zócalo

Ciudad de México.– Con el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, el 31 de mayo de 2022 y publicado el 14 de diciembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a partir del 15 de enero quedará prohibido fumar en espacios públicos, abiertos y cerrados.

Se trata de una reforma a la Ley General de Salud que fue ampliamente avalado por el Congreso de la Unión para cumplir con las metas del Milenio pactadas con la Organización Mundial de la Salud de lograr un México libre del humo del tabaco, en cualquier presentación y dispositivo.

​¿Dónde se prohíbe fumar? 

-Espacios públicos abiertos y cerrados

-Áreas de tolerancia de fumadores

-Restaurantes

-Cantinas

-Cafeterías

-Antros (aún cuando haya una pared de por medio)

-Parques

-Estadios

-Auditorios

-Centros de entretenimiento

-Escuelas públicas y privadas

-Universidades

-En taxis y autos de aplicación

-Espacios rentados para fiestas

Reglamento de exhibición de cigarros

La ley también prohíbe exhibir de manera directa o indirecta cualquier cajetilla o producto de tabaco en redes sociales, en tiendas de conveniencia y de abarrotes, en grandes almacenes, inclusive se prohibirá la venta por unidad en puestos ambulantes, en cruceros, ya que, de hacerlo, se considerará un delito.

Con información de Milenio.

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