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Por covid-19 IMSS ha tramitado 142,016 permisos de incapacidad

Los trabajadores reciben 5 días y el trámite se puede realizar de manera virtual; el servicio digital incluye a personas trabajadoras del hogar e independientes

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Trabajadores asegurados en el IMSS han tramitado 142 mil 16 permisos covid-19, en su más reciente versión 4.0, entre el 6 y 26 de julio del presente año, con lo cual se genera un documento homologable a la incapacidad temporal para el trabajo por cinco días, de manera remota y sin necesidad de acudir a su Unidad de Medicina Familiar (UMF) de adscripción.

Del total de permisos otorgados en dicho periodo, 66 mil 138 se concentran en Ciudad de México, Estado de México, Nuevo León y Jalisco.

Este servicio digital se otorga a la población trabajadora asegurada, e incluye a las Personas Trabajadoras Independientes y del Hogar, que presentan síntomas asociados a coronavirus como tos, fiebre, dificultad para respirar (disnea) y/o dolor de cabeza.

Para tramitar este permiso no es necesario realizarse una prueba de covid, ya que se recibe directamente vía electrónica la notificación del subsidio por enfermedad general que le corresponde al trabajador o trabajadora.

En los casos en que las personas no recuperen su salud al quinto día, la recomendación es que acudan a la UMF que les corresponde o al área de Urgencias para una valoración médica.

Para solicitar el Permiso covid 4.0, el o la trabajadora deberá ingresar a la aplicación IMSS Digital, a liga: http://www.imss.gob.mx/covid-19/ permiso o mediante el código QR disponible en la sección Permiso covid-19, y registrar los siguientes datos:

  • CURP
  • Número de Seguridad Social
  • Código Postal
  • Captcha de validación

Es necesario responder el cuestionario de sintomatología y en caso de contar con prueba positiva, adjuntar el documento en formato .pdf o .jpg en un máximo de cinco megabytes, junto con datos personales de correo electrónico, cuenta CLABE a 18 posiciones, teléfono y dirección para la emisión del permiso.

Todos los permisos tienen una duración de cinco días y en caso de que el asegurado tenga derecho al subsidio, el pago corresponde al 60 por ciento del salario registrado a partir del cuarto día, como ocurre para cualquier incapacidad temporal para el trabajo por enfermedad general, y se realizará mediante transferencia electrónica a la cuenta CLABE registrada.

Una vez que se realiza el trámite no podrá cancelarse y la o el asegurado deberá notificarlo a su centro de trabajo.

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