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Juez autoriza a Sanborns vender cigarros electrónicos

Sanborns fue pionera en el litigio contra esta ley y, en noviembre de 2020, ganó un amparo en la Segunda Sala de la Corte.

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Por: Grupo Zócalo 

Ciudad de México.- Un juez federal autorizó hoy a la cadena de tiendas Sanborns para seguir vendiendo cigarros electrónicos.

Martín Santos Pérez, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, concedió a la empresa una suspensión provisional contra el Decreto Presidencial del pasado 31 de mayo, que prohibió absolutamente la circulación y venta de vapeadores y calentadores de tabaco en todo el País.

Sanborns se amparó luego de que el 22 de junio verificadores de la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) le aseguraron dispositivos electrónicos y también cajetillas de cigarros durante una inspección. El juez ordeno hoy a Cofepris devolver los productos.

REFORMA publicó el 19 de julio que Santos y su colega Roberto Fraga ya habían concedido al menos seis suspensiones contra el Decreto Presidencial y, en algunos casos, contra decretos previos para prohibir la importación de los dispositivos y contra una reforma que elevó dicha prohibición a nivel de ley.

El amparo de Sanborns no incluye los cambios contra esta reforma a la Ley de los Impuestos Generales de Importación, publicada el 7 de junio, por lo que la suspensión no le permite introducir dispositivos al País.

British American Tobacco (BAT) y la plataforma para compras en supermercados JOKR México ya también tienen suspensiones, mientras que Farmacias Benavides está en proceso de obtenerla.

El resto de los 16 jueces federales en materia administrativa han negado suspensiones a empresas como 7-Eleven, Philip Morris, Tiendas Extra y Traxion Logistics, argumentando que el Decreto Presidencial busca proteger la salud, en especial la de menores de edad.

Pero los jueces Fraga y Santos tienen el respaldo de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, que en octubre de 2021 declaro inconstitucional la prohibición de productos similares al tabaco, prevista en la Ley General de Control del Tabaco (LGCT) de 2008.

Sanborns fue pionera en el litigio contra esta ley y, en noviembre de 2020, ganó un amparo en la Segunda Sala de la Corte, pero solo para vender calentadores de tabaco, no vapeadores, que utilizan otro tipo de sustancias.

Este caso genero una contradicción entre las dos Salas de la Corte, que el Pleno resolvió fallando contra la prohibición de los cigarros electrónicos en general.

En el Decreto de 31 de mayo, el Gobierno fue cuidadoso en no citar como fundamento la LGCT, en un aparente intento de evadir la jurisprudencia de la Corte, que de todos modos será la que eventualmente resolverá el tema.

Sanborns ya había promovido un amparo contra el Decreto del 31 de mayo, por su sola entrada en vigor, en la parte que le prohíbe vender calentadores de tabaco, pero la jueza Celina Quintero le negó la suspensión el 19 de julio.

La inspección y aseguramiento ejecutada por Cofepris permitió a Sanborns promover otro amparo, ahora derivado de actos de ejecución del mismo Decret

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