La iniciativa plantea que al momento de que los influencers realicen contenido de publicidad, paguen impuestos
Por: Grupo Zócalo
Ciudad de México.- Con el objetivo de mantener un control en el contenido publicitario o âpublicidad disfrazada de contenidoâ, la diputada de Morena, María del Rosario Merlín García, presentó una iniciativa para regular los contenidos por los influencers, youtubers y tik tokers, esto ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Esta iniciativa plantea que, al momento de realizar contenido con publicidad, estos comunicadores paguen impuestos, por lo que deberán darse de alta ante la autoridad tributaria como âprestadores de servicio de comunicación audiovisualâ.Â
âSe va a regular toda publicidad engaí±osa, que ahora se abre terreno libre en mucho de los canales de estos prestadores de servicio de comunicación audiovisual y que ha tenido repercusiones públicas con casos sonados de promoción a la anorexia, a ludopatía o incluso la adicción a las drogasâ, se lee en la iniciativa.Â
La iniciativa propone reformar el artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Asimismo, la diputada es estimó que la ley debe establecer una diferenciación, debido a que no todas las entidades que emitan contenidos audiovisuales dentro de estas plataformas virtuales deberán ser consideradas como prestadoras audiovisuales.
Según la legislación presentada por la diputada, aquellos videos que sean generadas por los usuarios finales y no tengan como objetivo cobrar por el servicio de presentar el producto o contenido, entonces serán exentos del pago del impuesto.
Por su parte, el vicepresidente fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), seí±aló hace poco al medio Expansión, que las plataformas pagan a los creadores de contenido por conceptos de actividad como âpublicidadâ y âvistasâ, por lo que ese pago está sujeto a declarar impuestos debido a que esta es una actividad empresarial.
El especialista explicó que los pagos de las plataformas a los generadores de contenido son a través de transferencias bancarias a cuentas que pueden estar en México o en el extranjero, y aunque estén fuera del país deben ser reportadas al SAT.
Con información de El Debate