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¡Checa tu cuenta bancaria! Inicia el SAT la devolución de impuestos

El SAT inivió la devolución de impuestos a contribuyentes con saldo a favor, para ello te puede requerir más información.

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El SAT inivió la devolución de impuestos a contribuyentes con saldo a favor, para ello te puede requerir más información.

Por: Grupo Zócalo Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició el depósito de los pagos por la devolución de impuestos a los contribuyentes que obtuvieron saldo a favor en su Declaración Anual 2021. El trámite de la devolución de impuestos ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debí­as, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad. En algunos casos tardará más tiempo del normal debido a que el SAT puede requerir más información para devolver el saldo a favor. Si no la enví­as en un plazo determinado, la autoridad fiscal podrí­a dar por sentado que has desistido a la devolución de tus impuestos. ¿Cómo devuelve el SAT los impuestos? En la mayorí­a de los casos, el SAT devuelve los impuestos a favor del contribuyente en los próximos 40 dí­as a partir de la declaración y la solicitud de devolución automática. Pero existen algunos casos en los cuales el proceso de validación se ve obstaculizado debido a que el SAT requiere información y/o documentación adicional. Como te hemos mencionado en otras notas informativas de La Verdad Noticias, esto puede ocurrir en el caso de que haga falta comprobar un gasto efectivamente pagado para una deducción personal, por ejemplo. En este caso, el contribuyente del SAT tiene 20 dí­as para atender el requerimiento. Si no lo hace se tendrá por desistido de la solicitud de devolución. En caso de que respondas correctamente al SAT: “la autoridad efectuará la devolución correspondiente dentro de los 10 dí­as siguientes” al dí­a en que se notifique la autorización de este proceso; según el Artí­culo 22 del Código Fiscal de la Federación. Y la ley agrega que “cuando la devolución se efectúe fuera del plazo mencionado se pagarán intereses que se calcularán conforme a lo dispuesto en el artí­culo 22-A de este Código”.
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