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Proponen sancionar con prisión a quienes generen violencia en eventos deportivos

El diputado local de Hidalgo por MORENA Fortunato González presento una iniciativa de ley para sancionar a quienes ejerzan violencia en eventos deportivos.

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La iniciativa de reforma plantea la adición al Código Penal de un capí­tulo llamado Violencia en Eventos Deportivos.

Por: Grupo Zócalo  Pachuca.- El diputado local de Morena, Fortunato González Islas, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal para tipificar los actos de violencia en los eventos deportivos masivos o de espectáculo en el estado con sanciones de seis meses a cuatro aí±os de prisión. Esto a poco más de un mes de lo sucedido el pasado 6 de marzo en el estadio La Corregidora en donde se registraron actos de violencia en el partido de futbol profesional entre los equipos del Querétaro y el Atlas. “La presente iniciativa, tiene por objeto tipificar como delito cualquier acto de violencia realizado en eventos deportivos masivos o de espectáculo, estableciendo conductas y penas precisas y armonizando nuestra legislación con la reforma correspondiente realizada a la Ley General de Cultura Fí­sica y Deporte”, argumentó González Islas desde el Pleno. La iniciativa de reforma plantea la adición al Código Penal de un capí­tulo llamado Violencia en Eventos deportivos en el que se establece que comete el delito de violencia en eventos deportivos el espectador o cualquier otra persona que sin ser juez, jugador o parte del cuerpo técnico de los equipos contendientes en eventos deportivos masivos o de espectáculo y encontrándose en el interior de los recintos donde se celebre el evento, en sus instalaciones anexas, en sus inmediaciones o en los medios de transporte organizados para acudir a los mismos. [video width="848" height="384" mp4="http://superchannel12.com/wp-content/uploads/2022/04/video-corre.mp4"][/video] Lo anterior si por sí­ mismo o incitando a otros comete cualquiera de las siguientes conductas: lance objetos contundentes que por sus caracterí­sticas pongan en riesgo la salud o la integridad de las personas. En este supuesto, se impondrán de seis meses a dos aí±os de prisión y multa de cinco a treinta veces la Unidad de Medida y Actualización vigente. Ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cause daí±os materiales. Quien incurra en esta hipótesis será sancionado con seis meses a tres aí±os de prisión y multa de diez a cuarenta veces la Unidad de Medida y Actualización. Participe activamente en rií±as, lo que se sancionará con seis meses a cuatro aí±os de prisión y multa de diez a sesenta veces la Unidad de Medida y Actualización vigente. Además de que incite o genere violencia, se considera incitador a quién dolosamente determine a otro u otros para que participen en rií±as o agresiones fí­sicas a las personas o los bienes; cause daí±os materiales en los bienes muebles o inmuebles que se encuentren en el propio recinto deportivo, en sus instalaciones anexas o en las inmediaciones; o introduzca al recinto o a sus instalaciones anexas, armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida en términos de las leyes aplicables. Quien incurra en estas tres últimas conductas será sancionado con un aí±o seis meses a cuatro aí±os seis meses de prisión y multa de veinte a noventa veces la Unidad de Medida y Actualización vigente; De igual modo, a quien resulte responsable de los delitos previstos en la reforma se le impondrá también la suspensión del derecho a asistir a eventos deportivos masivos o de espectáculo por un plazo equivalente a la sanción de prisión que le resulte impuesta. La iniciativa fue turnada por el presidente de la Mesa Directiva del Congreso, José Noé Hernández Bravo a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su análisis y dictaminación.
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