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Prohíbe Suprema Corte de Justicia a partidos promocionar revocación de mandato

Corte anula que partidos promuevan la revocación de mandato, pero considera válido que tengan representantes de casilla durante la consulta.

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Corte anula que partidos promuevan la revocación de mandato, pero considera válido que tengan representantes de casilla durante la consulta.

Por: Agencia Reforma Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia anuló la participación de los partidos polí­ticos en la promoción de la consulta de revocación de mandato del Presidente Andrés Manuel López Obrador. En contraste, el Pleno de la Corte consideró que es válido permitir representantes de los partidos en las casillas durante la consulta, prevista para el 10 de abril. Por ocho votos contra dos, la Corte anuló hoy el último párrafo del artí­culo 32 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece que los partidos “podrán promover la participación ciudadana” en la revocación, ya que es abiertamente contrario al 35 de la Constitución que reserva esa facultad en exclusiva al Instituto Nacional Electoral (INE) y los organismos electorales estatales. “El Constituyente no previó la más mí­nima participación de los partidos en la revocación, sino que puso reglas que de manera categórica privilegian la participación directa de la ciudadaní­a”, afirmó la Ministra Norma Pií±a. “La participación de los partidos desde el primero momento serí­a trasladar la contienda electoral ya perdida a un ejercicio de revocación”, advirtió Alberto Pérez Dayan. Mientras que Javier Laynez destacó que, en situaciones de Gobierno dividido, los partidos de Oposición podrí­an aprovechar para convertir las revocaciones en elecciones anticipadas. Las disidentes fueron las Ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel. Esta última dijo que no se puede limitar la libertad de expresión de los partidos, y sostuvo que el artí­culo 41 de la Constitución les da participación en los procesos democráticos. Laynez replicó que no se puede mezclar el 41, que regulas las elecciones ordinarias, con el 35, que estableció especí­ficamente las reglas para la revocación de mandato, que no es un proceso electoral para acceder a cargos públicos. En el tema de los representantes partidistas en las casillas, el Ministro Jorge Pardo también propuso la invalidez, pero sólo tuvo el apoyo de la Ministra Pií±a, pues el resto consideró que la Constitución no es categórica en prohibir su presencia, como sí­ lo es tratándose de la promoción de la consulta. Alfredo Gutiérrez explicó que la prohibición de promover la revocación sólo aplica hasta antes del dí­a de la consulta, mientras que Margarita Rí­os-Farjat seí±aló que los partidos pueden fungir como coadyuvantes para garantizar la legalidad de la jornada. La Corte discutirá el jueves si el Congreso incurrió en omisiones legislativas, al no prever en la ley medios de impugnación ni sanciones adecuados para el proceso de revocación de mandato. En este tema, se dejarí­a al Congreso la opción de legislar de inmediato para la revocación de abril, o dejar el tema para futuras revocaciones, lo que podrí­a dejar en el limbo las sanciones aplicables a partidos polí­ticos que insistan en promocionar la consulta sobre López Obrador.
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