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Prohibidos los silbidos, pellizcos y manoseos: sancionarán acoso sexual

Las acciones de acoso así como las actitudes y roces físicos de connotación sexual sin consentimiento de la otra parte serán sancionados como violencia sexual de ahora en adelante.

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Las acciones de acoso así­ como las actitudes y roces fí­sicos de connotación sexual sin consentimiento de la otra parte serán sancionados como violencia sexual de ahora en adelante.

Por: Ernesto Acosta Saltillo, Coahuila.- En las dependencias estatales ya está prohibido realizar piropos, silbidos, seí±ales con las manos o a través de los movimientos del cuerpo, miradas o gestos con connotación sexual, los pellizcos, roces o manoseos de naturaleza sexual sin consentimiento, que serán sancionados como violencia sexual. El Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento y Acoso Sexual seí±ala como conductas inapropiadas manifestar de forma reiterada y sin consentimiento, directa o indirectamente, el interés sexual por una persona, ya sea de manera presencial o por cualquier medio de comunicación, incluyendo las redes sociales. Asimismo, realizar conductas dominantes, agresivas, intimidatorias y hostiles hacia una persona para someterla a sus deseos o intereses sexuales o al de alguna otra u otras personas, así­ como espiar a una persona mientras se cambia de ropa o está en el sanitario. Presionar para obtener fotografí­as o imágenes en cualquier circunstancia o con el agravante de que sea en ropa í­ntima o desnuda; exhibir fotografí­as o imágenes con contenido pornográfico o en ropa interior con intenciones sugerentes de carácter sexual también será sancionado. Realizar promesas para obtener un beneficio personal a cambio de favores de naturaleza sexual y condicionar la prestación de un trámite o servicio o evaluación escolar a cambio de que la persona acceda a acudir a citas fuera del ámbito académico o escolar o realizar conductas sexuales de cualquier naturaleza está prohibido. De igual manera, expresar comentarios, burlas, piropos, chistes o bromas hacia otra persona en forma individual o grupal que hagan referencia a la apariencia o con connotación sexual, sean presenciales o por medios digitales, incluyendo las redes sociales. También, expresar insinuaciones, invitaciones, favores o propuestas a citas o encuentros de carácter sexual sin consentimiento; preguntar a otra persona sobre historias, fantasí­as o preferencias sexuales; exhibir contenido sexual no solicitado por la persona receptora; mostrar deliberadamente partes í­ntimas del cuerpo a una o varias personas sin consentimiento. El Protocolo prohí­be grabar, video-grabar, elaborar videos reales o simulados de contenido sexual de una persona sin su consentimiento o mediante engaí±o; exponer, difundir, comercializar o intercambiar imágenes, conversaciones, audios o videos de contenido í­ntimo sin consentimiento de la persona por cualquier medio.
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