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Decretazo de obras de AMLO no podrá ser usado para reservar información: INAI

Los comisionados indicaron que el INAI no podía permanecer omiso ante el acuerdo publicado el pasado 22 de noviembre

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Los comisionados indicaron que el INAI no podí­a permanecer omiso ante el acuerdo publicado el pasado 22 de noviembre

Por: Agencia Reforma  Ciudad de México.- Con la suspensión provisional otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el acuerdo del Presidente Andrés Manuel López Obrador que cataloga de ‘seguridad nacional’ las obras prioritarias, ningún sujeto obligado podrá reservar información con base en ese documento, advirtieron comisionados del INAI. Al pronunciarse sobre la determinación del máximo tribunal, que admitió a trámite la controversia constitucional y concedió una suspensión provisional en lo referente a garantizar el derecho de acceso a la información, los comisionados consideraron que se trata de una decisión alentadora. “Ya el ministro (Juan Luis Alcántara) estableció la suspensión provisional, entonces, hasta que se resuelva (el fondo del asunto) este decreto no va a ser utilizado por ninguno de los sujetos obligados federales, que son más de 800, para reserva de la información por seguridad nacional o interés público, salvo que se lleve a cabo un procedimiento tal como lo establece la Constitución, la Ley General de Transparencia y la Ley Federal de Transparencia“, indicó la comisionada Josefina Román. Durante una reunión con reporteros, los comisionados indicaron que el INAI no podí­a permanecer omiso ante el acuerdo publicado el pasado 22 de noviembre en el cual, entre otras cosas, se establece que las obras del Gobierno son consideradas de seguridad nacional y de interés público. Bajo esta denominación, explicaron Francisco Javier Acuí±a y í“scar Guerra Ford, se abrí­a la posibilidad para que las dependencias de Gobierno reservaran información que debe ser pública. “(Quisimos) evitar un aluvión, una cascada de posibles, probables, reservas anticipadas porque, además, el acuerdo establece que no solo son las obras estas emblemáticas -que todos traemos en la cabeza- sino incluso aquellas que puedan considerase como prioritarias o estratégicas y no solo es sobre la información que sobre ellos existe, sino toda la que se vaya generando”, dijo Acuí±a. Blanca Lilia Ibarra, presidenta del Instituto, indicó que la suspensión concedida por la Corte es una seí±al alentadora permite seguir trabajando en defensa del ciudadano que tiene pocos mecanismos de defensa. “En este sentido, el INAI ha mantenido siempre una posición congruente y consistente con esa vocación de máxima publicidad que nos otorga la Constitución Polí­tica y esta determinación de la Corte le da la razón al INAI en términos de evitar que se clasifique a priori información que debe ser pública por su propia naturaleza”, enfatizó.
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