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‘El Güero’ Palma fue reaprehendido de forma legal, determina tribunal federal

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Declaran infundado recurso interpuesto por el capo, quien aseguró que la FGR violó una suspensión definitiva que lo protegí­a.

Por: Grupo Zócalo Ciudad de Méxic0.- Un tribunal federal declaró infundado un recurso que promovió el narcotraficante Héctor Luis El Gí¼ero Palma Salazar, quien aseguró que la Fiscalí­a General de la República (FGR) violó la suspensión definitiva que impedí­a su reaprehensión cuando se encontraba en el Centro Nacional de Arraigos de la Ciudad de México. Palma Salazar argumentó que Rosa Montaí±o Martí­nez, jueza Décimo Quinto de Distrito de Amparo en Materia Penal, le otorgó la suspensión para que su libertad personal quedará a disposición de ella, en el lugar donde se encontraba arraigado. Sin embargo, prosiguió el capo, la FGR lo reaprehendió el 12 de julio del presente aí±o, cuando aún se encontraba bajo arraigo y después lo ingresaron al penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México. En primera instancia, la jueza estimó infundados los alegatos del ex lí­der del Cártel de Sinaloa, porque las autoridades responsables negaron haber incumplido con la suspensión definitiva decretada el 3 de junio del aí±o en curso. Ante esta situación, El Gí¼ero Palma interpuso un recurso de queja, pero los magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal lo declararon infundado. El tribunal seí±aló que fue acertada la decisión de la juzgadora, al determinar que no existió violación a la suspensión definitiva. Lo anterior, porque “las autoridades responsables actuaron conforme a derecho”, al ser notificadas que el 12 de julio del aí±o en curso, se decretó el levantamiento de la medida cautelar de arraigo emitida contra el quejoso y, en consecuencia, el cese inmediato de internamiento” con motivo de la orden de arraigo. Los magistrados seí±alaron que las autoridades ministeriales dejaron en libertad de manera inmediata a El Gí¼ero Palma. Al quedar libre, la FGR cumplimentó una orden de reaprehensión en su contra. El tribunal enfatizó que la reaprehensión representa un acto diverso a la suspensión definitiva que se le concedió. “Por ende, es infundado el argumento del recurrente en el cual aduce que, para cumplir la suspensión y acreditarse el supuesto de que fuera puesto en libertad de tránsito, la orden de aprehensión se habrí­a tenido que ejecutar fuera del aludido centro (de arraigo)…”, seí±alaron. En julio pasado, José Luis González, magistrado del Cuarto Tribunal Unitario con residencia en Zapopan, Jalisco, revocó la sentencia que absolvió al narcotraficante del delito de delincuencia organizada, por lo que ordenó su reaprehensión y reponer el procedimiento para que se busque a dos testigos protegidos que declararon contra el capo, mismos que por aí±os seis aí±os han permanecido ilocalizables. El magistrado revocó el fallo de Ví­ctor Francisco Chávez Romero, secretario en funciones de juez del juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en la mencionada entidad, emitido en mayo del presente aí±o. Los testigos que el magistrado federal ordenó localizar responden a los nombres clave de “Julio” y “César”. El primero de ellos es Marcelo Peí±a Garcí­a, cuí±ado del ex lí­der del Cártel de Sinaloa, Joaquí­n El Chapo Guzmán, y el segundo es el empresario sinaloense Javier Burgueí±o Urí­a, quienes en aí±os anteriores fueron buscados en México y Estados Unidos para que declaren. Ambos testigos declararon contra Palma Salazar y lo seí±alaron de estar detrás de un cargamento de 3 mil 288 kilos de cocaí­na que fue asegurado el 19 de julio de 1999, en Tecomán, Colima. Así­ como de una avioneta con 12 millones de dólares, en San Luis Rí­o Colorado, Sonora, el 12 de octubre de 1995; también lo seí±alaron de estar detrás del homicidio del subdirector de la Policí­a Judicial de Nayarit, Antonio Contreras, y su escolta José Cruz Guerrero, crimen cometido el 18 de mayo de 1995. De igual manera, lo acusaron por el robo de droga en la subsede de la Delegación de la entonces Procuradurí­a General de la República (PGR) en San Luis Rí­o Colorado, Sonora, el 21 de mayo de 1997. Sin embargo, el juzgado de primera instancia determinó absolver a El Gí¼ero Palma porque las declaraciones ministeriales de los testigos colaboradores fueron rendidas en diversas indagatorias y no forman parte de la causa penal que se instruyó al narcotraficante por delincuencia organizada.
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