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Aplazaría INE revocación de mandato al 10 de abril

Esto ante la decisión del Tribunal Electoral de incorporar formatos impresos para la recolección de firmas en todo el País.

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Esto ante la decisión del Tribunal Electoral de incorporar formatos impresos para la recolección de firmas en todo el Paí­s.

Por Agencia Reforma

Ciudad de México.- El Instituto Nacional Electoral prevé cambiar la consulta de revocación de mandato del Presidente Andrés Manuel López Obrador del 27 de marzo al 10 de abril.

Esto ante la decisión del Tribunal Electoral de incorporar formatos impresos para la recolección de firmas en todo el Paí­s, además de la aplicación electrónica.

La sentencia también implicará que la recolección de firmas se alargue, por lo que ahora, en lugar de concluir el 15 de diciembre será el dí­a 25.

El INE se tomará 40 dí­as para revisar la autenticidad de miles de firmas, mientras que con la app el tiempo máximo era de 20 dí­as.

De alcanzarse las firmas requeridas, más de 2 millones 700 mil, el INE emitirá la convocatoria para la revocación el 4 de febrero.

A partir de ese dí­a y hasta el 10 de abril, es decir, 65 dí­as, el Presidente, Gobernadores, Alcaldes, Congresos y cualquier entidad de gobierno deberán suspender la propaganda gubernamental, y únicamente hablar sobre temas de salud, protección civil y seguridad.

El Consejo General del INE sesionará este miércoles para modificar sus lineamientos para la organización de dicho ejercicio, por lo que se prevé que los consejeros se pronuncien sobre el recorte de casi 5 mil millones de pesos a su presupuesto de 2022.

Medidas de seguridad

El viernes pasado, el presidente de INE, Lorenzo Córdova, informó que se modificarí­an las fechas y se incorporarí­an medidas de seguridad a los formatos impresos.

El acuerdo indica que, por ahora, se aplicará la regla que se tení­a para los formatos en papel que se distribuirí­an en 204 municipios marginados, por lo que el apoyo deberá incluir una copia de la credencial de elector de la persona, por ambos lados.

“Que se acompaí±e de copia legible del anverso y reverso de la credencial para votar vigente de la o el ciudadano, con la finalidad de asegurar que corresponde a una persona que cuenta con una credencial vigente.

“(De no hacerlo) no se tendrí­a certeza si efectivamente la o el ciudadano proporcionó de manera libre y voluntaria su firma de apoyo”, indican el documento.

El INE advierte que no se computará el apoyo cuando una misma persona haya presentado su firma con otro promovente, cuando no se incluya copia de su credencial o su firma o huella no corresponda.

A fin de darle transparencia al ejercicio, periódicamente se publicarán en la página del INE avances de las firmas aceptadas.

El órgano electoral advierte que la sentencia provocó que se realicen actividades que no estaban contempladas, por lo que requerirán no solo más presupuesto, sino personal.

Por ejemplo, indica, se deberá revisar la documentación fuente para determinar si los formatos en los que se presentan las firmas corresponden al aprobado.

Clasificar y cuantificar los formatos y registros que no cumplen con los requisitos establecidos en la Ley y, en su caso, en los lineamientos aprobados.

Se efectuarán dos cruces de datos una vez que la información esté digitalizada.

“El manejo de las solicitudes en papel tiene también muchas implicaciones operativas que hacen necesario realizar la revisión de que la documentación cumpla con los requisitos establecidos antes de llevar a cabo la captura y revisión las firmas respecto de su vigencia en la Lista Nominal, por lo que el tiempo requerido para su revisión es mayor y solo puede iniciarse hasta que se recibe la solicitud correspondiente”, aí±ade.

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