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Vinculan a dos exfuncionarios ligados a la ‘Estafa Maestra’

Fueron vinculados a proceso por su probable responsabilidad en el delito de uso indebido de atribuciones y facultades

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Fueron vinculados a proceso por su probable responsabilidad en el delito de uso indebido de atribuciones y facultades

Por: Excélsior  Ciudad de México.- Un Juez de Control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en la Ciudad de México con sede en el Reclusorio Oriente, vinculó a proceso al ex titular de la Unidad de Planeación y Relaciones Internacionales (UPRI) de la entonces Secretarí­a de Desarrollo Social (SEDESOL), Juan Manuel López Arroyo y al ex Rector de la Universidad Politécnica de Texcoco, Carlos Oscar Espinosa Castaí±eda por su probable responsabilidad en el delito de uso indebido de atribuciones y facultades. López Arroyo, fue vinculado por contratar indebidamente servicios con recursos económicos públicos y por solicitar el otorgamiento indebido de autorizaciones de contenido económico. El exfuncionario, ya habí­a sido vinculado por el delito mencionado, pero en perjuicio de una institución educativa de Nezahualcóyotl, Estado de México, ahora se le vinculó por la probable contratación indebida de servicios con recursos económicos públicos, a una casa de estudios de Texcoco de la misma entidad federativa. Espinosa Castaí±eda por ser parte de esa contratación indebida de servicios; ocasionando con su actuar un detrimento a la Hacienda Pública Federal por más de 150 millones de pesos, ya que el Estado no obtuvo las mejores condiciones en la contratación del servicio objeto de investigación, contraviniendo los principios de economí­a, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia Por su parte ex funcionario de dicha universidad de Texcoco fue vinculado a proceso por el delito mencionado por presuntamente ser parte de una contratación indebida de servicios, en este caso de acuerdo con Juan Manuel López. Asimismo, el citado Juez de Control impuso como medidas cautelares a los vinculados a proceso la prohibición de salir sin autorización del paí­s y la presentación periódica mensual; también fijó cuatro meses como plazo de investigación complementaria.
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