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Presentan acción de inconstitucionalidad contra Ley Zaldívar

Se argumenta que fueron violados los derechos de acceso a la justicia en su vertiente de independencia judicial

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Se argumenta que fueron violados los derechos de acceso a la justicia en su vertiente de independencia judicial

Por: Agencia Reforma  Ciudad de México.- Diputados de Oposición y de Morena presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la reforma al Poder Judicial que prevé prolongar el periodo del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldí­var. Los legisladores lograron 171 firmas, de 165 que necesitaban, para acompaí±ar la demanda, en la que se argumenta la violación de diversos preceptos de la Constitución. El recurso se presentó contra el artí­culo 13 transitorio, donde se prevé ampliar dos aí±os el periodo de Zaldí­var y también a integrantes del Consejo de la Judicatura. Se argumenta que fueron violados los derechos de acceso a la justicia en su vertiente de independencia judicial; tutela judicial efectiva; el derecho a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial; la división de poderes; la irretroactividad de las leyes, y el principio de seguridad jurí­dica. El PAN en Cámara de Diputados informó que se solicita la acumulación de la acción de inconstitucionalidad con la consulta extraordinaria planteada por el Ministro Presidente de la SCJN, Arturo Zaldí­var, considerando que se trata de medios de control que impugnan la misma norma. Los legisladores solicitan que la demanda sea resuelta por el Pleno de la Suprema Corte, considerando que se trata de una norma de carácter general y abstracta, además de que afecta directamente a todos los integrantes del Pleno. La demanda fue firmada por 171 diputados de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano, de la Revolución Democrática e independientes, así­ como algunos miembros de Morena que votaron en contra de la reforma. El texto expone que hay dos conceptos de invalidez. Por un lado, se estima que no existe correspondencia entre el Artí­culo Décimo Tercero Transitorio y los artí­culos 97 y 100 de la Constitución. En estos artí­culos se establecen lí­mites temporales especí­ficos para la duración de los cargos de la Presidencia de la SCJN y para los consejeros que integran el CJF. “La norma impugnada (artí­culo 13 transitorio) contradice esos lí­mites al pretender extender el plazo de duración sin que así­ lo prevea la Constitución. “La contradicción se consuma considerando que desde una norma inferior se pretende contradecir la Constitución, lo cual vulnera el principio de supremací­a constitucional”, se argumenta. El segundo precepto considera que la aprobación del 13 transitorio es resultado de un proceso legislativo que tuvo múltiples violaciones y no cumplió con el principio de deliberación democrática Se expone que en el Senado de la República se adicionó el artí­culo transitorio sin atender a las reglas de anuncio y publicidad para discusión así­ como de aprobación de la reserva. Además la Mesa Directiva se rehusó a subsanar el procedimiento viciado de origen. Y en la Cámara de Diputados el dictamen se puso a consideración dispensando todos los trámites sin que existiera motivación sobre la urgencia para llevar a cabo la discusión. Tampoco se atendieron diligentemente y conforme al reglamento las mociones suspensivas presentadas, se argumenta.
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