
$39 mil mensuales por un oficial armado.
Por Ernesto Acosta
Saltillo.- La Secretaría de Seguridad Pública de Coahuila brindará servicios de guardia, custodia, vigilancia y seguridad a personas físicas y morales, cobrando 39 mil pesos mensuales por oficial armado, y 29 mil por suboficial armado. Si el servicio es sin arma, se cobrarán 18 mil pesos mensuales por suboficial.
Elementos de la Policía Complementaria proporcionarán los servicios de guardia, custodia, vigilancia de bienes muebles, inmuebles o valores con un costo de 29 mil pesos con suboficial armado, y 39 mil pesos con oficial armado.
Por servicios de guardia, custodia, vigilancia de bienes muebles, inmuebles o valores en sus distintas modalidades, se cobrarán 18 mil pesos con suboficial sin arma.
https://youtu.be/cqARTHZcIr0 El servicio de guardia, custodia y vigilancia de valores, bienes muebles e inmuebles, también se proporcionará a través de la Policía Complementaria a dependencias y órganos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, instancias de los gobiernos federal, estatal y municipal, y órganos federales y locales, lo que faculta el Artículo 92 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública. El cobro para los servicios de guardia, custodia, vigilancia y seguridad que brindará la Secretaría de Seguridad Pública fue calculado conforme a los sueldos y prestaciones, como seguro de vida, gastos médicos mayores e Infonavit, que serán pagados a los elementos de la Policía Complementaria. Además, se realizó un estudio comparativo con los derechos que se cobran en otros estados del país por la prestación del servicio de policías similares, como las policías bancarias y auxiliares, servicios que cuestan entre 16 mil y 36 mil pesos. Para esto, serán adicionados varios incisos al Artículo 142 de la Ley de Hacienda de Coahuila, por iniciativa del gobernador Miguel íngel Riquelme Solís. Incluye establecer cobros de 100 pesos por trámite en servicios que presta la Unidad del Sistema Estatal de Información de la SSP, a través de la Dirección General de Registro y Control de los Servicios de Seguridad Privada. Aplicará en la consulta de antecedentes de información criminal y de seguridad pública, sobre el personal de empresas de seguridad privada previo a su ingreso o reingreso a esas empresas -que tienen alta rotación de personal- o a instituciones policiales; revisión que debe hacerse en el Sistema Nacional y Estatal de Información.