WhatsApp
Pronostico del tiempo
Puentes Internacionales
Twitter
Instagram
YouTube
Facebook

+

INAI ordena a la FGR revelar las investigaciones y sentencias contra Enrique Peña Nieto

El INAI instruyó a la FGR dar a conocer investigaciones y sentencias contra Peña Nieto, ocurridas del 1 de diciembre de 2000 al 29 de enero de 2021.

  • 131

El INAI instruyó a la FGR dar a conocer investigaciones y sentencias contra Peí±a Nieto, ocurridas del 1 de diciembre de 2000 al 29 de enero de 2021.

Por: El Universal

Ciudad de México. - El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Fiscalí­a General de la República (FGR) hacer públicas las investigaciones en trámite que hayan sido notificadas, las concluidas mediante sentencias condenatorias irrevocables o que hayan culminado con el no ejercicio de acción penal, así­ como las que cuenten con sentencias absolutorias o condenatorias firmes contra el expresidente Enrique Peí±a Nieto, del 1 de diciembre de 2000 al 29 de enero de 2021. En respuesta a la solicitud de un particular, tras la negativa de la Fiscalí­a para proporcionar esa información, el Pleno del INAI determinó que se trata de datos de interés público, por lo que procede su publicidad, garantizando así­ el derecho de acceso a la información y la rendición de cuentas. “El daí±o que se causarí­a con la difusión de la existencia o inexistencia de denuncias contra la persona de interés, aun cuando esto reviste de carácter confidencial por ser un dato personal y evidente de la persona identificable, genera un mucho mayor beneficio a la sociedad en general al publicitarlos que resguardarlos”, indicó el comisionado Oscar Guerra Ford. El funcionario enfatizó en que si se negara el derecho de acceso a la información “se impedirí­a que la sociedad tuviera los elementos informativos necesarios para el debido escrutinio del ejercicio de las actividades de la Fiscalí­a o Procuradurí­a, en cuanto a sus facultades e investigadores, así­ como respecto del desempeí±o del exservidor público“. La FGR respondió que no podí­a dar a conocer la información requerida, argumentando que al afirmar o negar la existencia o inexistencia de alguna indagatoria, averiguación previa o carpeta de investigación en contra de una persona fí­sica identificada o identificable, se estarí­a atentando contra la intimidad, honor, buen nombre y presunción de inocencia de la persona. Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Guerra Ford sostuvo que debe prevalecer el derecho de acceso a la información, por encima de la reserva, “pues se trata de un exsecretario, exdiputado, exgobernador y expresidente de la República, por lo que la información reviste un interés público, dados los requisitos para ocupar los cargos de referencia, las altas responsabilidades que le correspondieron y los recursos de los que dispuso”. Con la sentencia, la FGR debe detallar la cantidad de averiguaciones previas y carpetas de investigación que ha abierto; el número de la averiguación y carpeta de investigación, el delito denunciado en cada indagatoria, la fecha de inicio de ésta, el estatus de cada una y la fecha de resolución de las que concluyeron en no ejercicio de la acción penal. Así­ también, el número de averiguaciones o carpetas que fueron consignadas o judicializadas, las causas penales en las que recayó y el juzgado donde se radicó, si se logró alguna sentencia condenatoria, ya sea en primera instancia o definitiva, especificando la causa penal, delito y el tipo de sentencia y si en alguna de las consignadas y judicializadas se obtuvo sentencia absolutoria o sobreseimiento.
Publicación anterior Redoblarán vigilancia en La Laguna ante final del futbol mexicano
Siguiente publicación ¡Adiós al gol de visitante! Los acuerdos tras la asamblea general de la Liga MX
Entradas relacionadas
Comentarios
  TV en Vivo ;