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¡Es hoy, es hoy! Comienza periodo de Declaración Anual 2020 para personas físicas

Para que puedas cumplir con tu obligación fiscal, el SAT habilitó un simulador y visores de nómina

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Para que puedas cumplir con tu obligación fiscal, el SAT habilitó un simulador y visores de nómina

Por: Grupo Zócalo
Ciudad de México. - Este 1 de abril arranca el periodo de presentación de la Declaración Anual 2020 para las personas fí­sicas, fecha que coincidió con el comienzo de la Semana Santa. La declaración para el ejercicio fiscal de 2020 se presenta a lo largo del mes de abril, y para cumplir con esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso en marcha un simulador y visores de nómina y de deducciones para que se consulte la información requerida para cumplir con la obligación. Algunos requisitos para realizar la Declaración Anual 2020 son los siguientes: • RFC a 13 dí­gitos homoclave • Contraseí±a o e.firma vigente • Datos bancarios (Banco y CLABE vigente, solo si tienes saldo a favor). El SAT recomendó revisar la vigencia de la contraseí±a o e.firma para realizar el trámite. Si no cuentas con ellas, en el portal del SAT estarán disponibles las opciones para generar o actualizar la contraseí±a y para renovar la e.firma. Recuerda que solo si tu saldo a favor es superior a 10 mil pesos y cambias tu cuenta CLABE, deberás contar con tu e.firma, así­ que deberás renovarla. ¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual? En abril declaran las personas fí­sicas que obtuvieron ingresos por: • Salarios - De una sola patrona o patrón y dejaron de recibirlo antes del 31 de diciembre - Si además obtuvieron ingresos distintos de salarios - Si trabajaron para dos o más patronas o patrones de manera simultánea - Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener - Si además obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación - Si la totalidad de los ingresos anuales por este concepto excede de 400 mil pesos. • Servicios profesionales: Aquellos que obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes de honorarios. • Actividades empresariales: incluidas quienes tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal y optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad. • Actividades empresariales realizadas únicamente a través de plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas o similares, que no hayan optado por realizar pagos definitivos. • Cobrar rentas por algún bien inmueble: departamento, casa o local comercial. • Reciben intereses o dividendos. • Enajenaron bienes: si vendieron algún bien. • Adquisición de bienes: si compraron algún bien. ¿Quiénes no están obligados a presentar Declaración Anual? Los siguientes tres supuestos de personas fí­sicas no están obligados a presentar la declaración. No obstante, si así­ lo desean, pueden presentarla: • Las que obtuvieron ingresos por salarios de una o un solo patrón siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio. • Las que obtuvieron ingresos totales por salarios de una o un solo patrón e intereses reales, no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio. • Las que obtuvieron ingresos por salarios de una o un solo patrón, siempre que no exista impuesto a cargo de la o el contribuyente en la declaración anual, la o el patrón les haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos del ejercicio y en su caso, los ingresos del contribuyente por intereses nominales que provengan de instituciones que componen el sistema financiero, no hayan excedido de 20 mil pesos en el ejercicio. El SAT apunta que estas disposiciones no serán aplicables si en el ejercicio se obtuvieron ingresos por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral. Sí­ están obligados a informar en la Declaración Anual, sobre préstamos, donativos y premios. El plazo para presentar la declaración vence el 30 de abril, pero Prodecon sugiere a los pagadores de impuestos no dejar hasta el último momento la presentación de la declaración. Con información de El Financiero
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