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Pagarán a familias de víctimas mortales del Covid-19 en Coahuila

Buscan promover la canalización de recursos y apoyo técnico para prestación de los servicios funerarios a la población afectada.

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Buscan promover la canalización de recursos y apoyo técnico para prestación de los servicios funerarios a la población afectada.

Por Ernesto Acosta

Saltillo, Coah.- Los familiares de las 3 mil 501 personas que en Coahuila han fallecido por Covid-19 pueden solicitar al Gobierno federal el pago de 11 mil 460 pesos en efectivo o transferencia bancaria, contemplado en el apoyo solidario publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Esto implicarí­a, hasta ahora, un pago de 40 millones 121 mil 460 pesos por parte del DIF nacional, en el caso de Coahuila, para contribuir con el pago de los gastos funerarios derivados de la pandemia, sin importar “raza, sexo, origen, situación socioeconómica, y con independencia de que cuenten o no con derechohabiencia de algún esquema de seguridad social”.

Así­ lo contemplan los “Lineamientos ante la emergencia sanitaria derivada de la pandemia del virus SARS-CoV-2, para el otorgamiento de apoyos para gastos funerarios a familiares de personas fallecidas por la enfermedad Covid-19”, entre el 18 de marzo pasado y hasta la fecha que levanten la emergencia sanitaria.

https://youtu.be/AQDuMaymi3U Se establece que el DIF nacional, en coordinación con las dependencias del sector salud y los gobiernos estatales, debe promover la canalización de recursos y apoyo técnico para la prestación de los servicios funerarios a la población afectada con la muerte de familiares por la pandemia, con prioridad para los grupos más vulnerables. La Unidad de Atención a Población Vulnerable del DIF nacional será la encargada del pago de los gastos funerarios, previo registro en en el portal https://www.sndif.gob.mx. Los solicitantes pueden ser la esposa, esposo, concubina o concubino, de la persona fallecida por coronavirus; la hija o hijo, la madre o el padre. Observaciones: Aplicará siempre y cuando haya suficiente presupuesto. No procederán solicitudes presentadas después del aí±o del fallecimiento. La regulación tendrá vigencia de 6 meses. Solo podrá ser renovada en una ocasión y por un periodo igual o menor.
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