WhatsApp
Pronostico del tiempo
Puentes Internacionales
Twitter
Instagram
YouTube
Facebook

+

Proponen 60 años de cárcel a quien aborte en Nuevo León

Un diputado local de Monterrey, Nuevo León, propone reformar la Constitución

  • 208

Un diputado local de Monterrey, Nuevo León, propone reformar la Constitución

El Universal
Nuevo León.- El diputado local por el Partido Encuentro Social (PES), Juan Carlos Leal Segovia, propuso una reforma a la Constitución y al Código Penal del Estado, para castigar con penas de 30 a 60 aí±os de prisión a quien aborte o coadyuve en esta práctica, en cualquier momento de la gestación. El legislador local, que fue expulsado de Morena por hacer expresiones homofóbicas, argumentó en su exposición de motivos que la violencia familiar es un tema de salud pública, mientras “proteger la vida del menor en su etapa de gestación, es un Derecho Humano que debemos salvaguardar en nuestra Carta Magna y en la legislación penal”. Seí±aló que presentó una iniciativa de reforma al artí­culo 313 TER del Código Penal para el Estado de Nuevo León, con relación al homicidio a razón del parentesco, contenido en el tí­tulo décimo quinto que comprende los delitos contra la vida y la integridad de las personas. El artí­culo 313 TER quedarí­a como sigue: “Al que prive de la vida a su ascendiente o descendiente consanguí­neo en lí­nea recta, al producto de la concepción en cualquier momento de la preí±ez, hermano, cónyuge, conviviente, concubina o concubinario, adoptante o adoptado, con conocimiento de esa relación se le impondrá prisión de treinta a sesenta aí±os”. https://youtu.be/oYoD3paqJMU
El diputado del PES argumentó que la violencia no tiene género y puede darse en el entorno social, laboral y en el familiar. Sin embargo, en este caso se trata de abordar la violencia hacia la mujer y el nií±o en gestación. Leal Segovia dijo que la promoción al aborto es un tipo de violencia dirigida a los nií±os por nacer o que sufren violencia fetal. Agregó que el abuso fetal fue reconocido desde 1957 cuando la ONU lo estableció en la Declaración de los Derechos del Nií±o, en el sentido de que el nií±o requiere por su inmadurez fí­sica o mental, la protección legal adecuada, antes o después del nacimiento. Expresó que el abuso fetal es todo acto intencional o de negligencia que afecte al feto en cualquier etapa de su desarrollo, por cualquier persona que tenga injerencia en el embarazo, la intervención de instituciones, de una sociedad que prive al recién nacido de sus derechos, o que dificulte su óptimo desarrollo fí­sico, psicológico o social.
Publicación anterior Prohíben noviazgos entre docentes y estudiantes en la UAdeC
Siguiente publicación Incautan 324,000 condones usados que lavaban para vender como ¡nuevos!
Entradas relacionadas
Comentarios
  TV en Vivo ;