¿Quiénes tienen derecho a recibir la repartición de las utilidades que generaron?
Por Grupo Zócalo Ciudad de México.- La repartición de utilidades en una empresa es un derecho de los trabajadores y su regulación se encuentra en la fracción IX, apartado A del artÃculo 123 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos y en ArtÃculo 120 de la Ley Federal de Trabajo. ¿Quiénes tienen derecho a recibir utilidades? Los trabajadores que presten un servicio a una persona moral y reciban el pago de un salario tienen derecho a recibir la repartición de las utilidades que generaron. Para que los trabajadores conozcan si el patrón declaró utilidades, los patrones están obligados a entregar a los representantes de sus empleados la copia de la declaración anual, luego de 10 dÃas contados a partir de la fecha de prestación de la misma. ¿Cómo se dividen las utilidades? La utilidad se divide en dos partes. La primera se reparte por igual entre todos los trabajadores y se pone a consideración el número de dÃas laborados por cada uno en el año, sin importar su salario. La segunda división se reparte en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo realizado en el año. ¿Cuándo se pagarán las utilidades este 2020? El reparto de utilidades deberá ocurrir sesenta dÃas luego de la fecha en la que se debe pagar el impuesto anual, es decir el 31 de marzo. Las personas morales deberán entregar al trabajador su reparto de utilidades del 1 de abril al 30 de mayo de cada año. A las utilidades del ejercicio anterior no reclamadas en el año que sean exigibles, se les agregará la utilidad repartible del siguiente año. El plazo para el cobro de utilidades es de un año a partir del dÃa siguiente en que se genere la obligación. ¿Es posible que no paguen utilidades por el coronavirus? De acuerdo con la Profedet, la empresa tiene la obligación de hacer el reparto de utilidades, ya que las mismas son las generadas en el ejercicio fiscal 2019 .¿Qué trabajadores no pueden recibir utilidades? Trabajadores contratados por honorarios. Directivos. Gerentes. Gerentes generales. Socios. Accionistas.En abril-mayo se paga el reparto de utilidades, pues bien, algunas empresas ya les están diciendo a sus trabajadores que no pagaran a causa del #Coronavirusmexico. ¿Qué se va hacer? @lopezobrador_ @m_ebrard @GobiernoMX @CROC_Nacional @CTM_MX @NapoleonGomezUr @STPS_mx @PROFEDET
— Alfredo Sánchez-Castañeda (@AlfredoSC_Labor) April 2, 2020
¿Qué es la PTU y cómo se paga? La PTU es el 10 por ciento de las ganancias totales que generó la empresa en el ejercicio correspondiente del año en curso. La cantidad de la utilidad que le toca a cada trabajador dependerá de otros factores. Se debe determinar el 10% de las ganancias totales obtenidas por la empresa. Dividir el resultado del paso 1 en 2 partes: 50% se reparte con respecto a los dÃas laborados y el otro 50% en proporción al salario total de los trabajadores. PTU de dÃas Laborados: Se suman los dÃas trabajados de todos los empleados con derecho a participar. El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de dÃas. El resultado de la división se multiplica por los dÃas laborados de cada empleado, el resultado es la utilidad por dÃas laborados de cada trabajador. LA PTU por sueldos Se suman los salarios percibido de cada empleado con derecho a participar. El 50% del total de las utilidades a repartir, se divide entre el total de los salarios. El resultado de la división se multiplica por el salario percibido por cada empleado, el resultado es la utilidad por salario de cada trabajador. Se suma el PTU por dÃas laborados y por salario para obtener el valor final de las utilidades. Se aplica la resta de impuestos y el resultado es la utilidad final que percibirá el empleado. ¿Cuáles son los dÃas que se consideran como laborados? Los dÃas laborados son aquellos en los que el trabajador perciba su salario, incluso cuando no trabaje como: incapacidades temporales por riesgo de trabajo, periodos prenatales y postnatales, descanso semanal, vacaciones y dÃas festivos.¿Te despidieron de tu trabajo o te mandaron a casa sin goce de sueldo por la emergencia de #coronavirus #COVID19? ¡Levanta un reporte en la #ProcuradurÃaDigital! ? https://t.co/ygwcCB3DRq La #STPS y la @PROFEDET te acompañaremos en todo momento.#UnidosSaldremosAdelante pic.twitter.com/qbactgxJIt
— STPS México (@STPS_mx) April 29, 2020
âš ï¸La @STPS_mx y la @PROFEDET ponen a tu disposición la ProcuradurÃa Digital de Atención al Trabajador - COVID-19, para dar seguimiento a las afectaciones laborales, por despido o permiso sin goce de sueldo, derivadas de la actual emergencia sanitaria. ? https://t.co/qgAHqRK0Jx pic.twitter.com/3R6yhMlhPq
— profedet (@PROFEDET) April 29, 2020