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¡Que no te vean la cara! Éstas son las prestaciones de ley en México

Existen prestaciones que por ley te corresponden siempre y cuando tengas horario y lugar de trabajo fijos

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Existen prestaciones que por ley te corresponden siempre y cuando tengas horario y lugar de trabajo fijos

Por: Agencias

Ciudad de México.- Si estás apunto de aceptar un trabajo por la oferta salarial, recuerda que además del ingreso que recibirás semanal, quincenal o mensual por alguna actividad, es importante que conozcas las prestaciones que te ofrece la empresa.

De acuerdo con OCC Mundial, existen prestaciones laborales obligatorias para quienes tienen un contrato laboral por tiempo indefinido e incluso si estás por subcontratación o outsourcing; derechos que se establecen en la Ley Federal del Trabajo, pero no así­ para quienes trabajan por su cuenta o son freelancers.

“Todas las prestaciones adicionales a estas se denominan ‘prestaciones superiores’ justamente porque son ‘extra’ a las que marca la ley”, aí±ade.

En tu empleo deben ofrecerte estas prestaciones:

Seguridad Social: tienes derecho a ser afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para recibir atención médica gratuita y tramitar incapacidad por enfermedad, maternidad, entre otras; estar inscrito al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y al Sistema de Ahorro para el Retiro y una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) para tu jubilación.

Aguinaldo: pago anual de 15 dí­as de salario por un aí±o completo laborando. De lo contrario, será la parte proporcional por el tiempo que lleves en la empresa.

Dí­as de descanso: un dí­a de descanso por cada 6 dí­as laborados. Además de los dí­as de descanso obligatorios que indica la ley.

Vacaciones: un aí±o laboral cumplido te permite gozar de por lo menos 6 dí­as de vacaciones, los cuales tendrán un incremento gradual.

Prima Vacacional: prestación que permite al trabajador un ingreso extra para disfrutar en sus vacaciones.

Prima dominical: si trabajas el domingo o en tu dí­a de descanso sea o no un fin de semana, deberán pagarte 25 por ciento más de tu salario base.

Pago de Utilidades: tienes derecho a recibir una parte de las ganancias obtenidas por tu patrón en el aí±o anterior que laboraste. El plazo para que recibas este pago es del 1 de abril al 30 de mayo si es una empresa y hasta el 29 de junio si es persona fí­sica.

Incapacidad por maternidad: si eres madre tienen derecho a un descanso de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto sin dejar de percibir su salario í­ntegro durante este perí­odo.

Licencia de paternidad: si eres padres también tienen derecho a disfrutar 5 dí­as por paternidad a nacer tu hijo o en caso de adopción.

Licencia por adopción: madres trabajadoras tienen derecho a descansar 6 semanas si adoptan, para convivir con su hijo.

Lactancia: en perí­odo de lactancia, las mamás tienen derecho a dos reposos extraordinarios por dí­a. Estos de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. No deben descontar cantidad alguna a su salario.

Prima de antigí¼edad: si sumas 15 aí±os o más de trabajo y decides terminar la relación laboral voluntariamente, deberás recibir un pago adicional de 12 dí­as de salario por cada aí±o trabajado.

Finiquito Laboral: en caso de renuncia tienes derecho a recibir el salario del periodo que trabajaste, parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades y la prima de antigí¼edad (solo si tienes laborando 15 aí±os o más).

Liquidación: si sufres un despido injustificado, tienes derecho a recibir una indemnización constitucional: pago de 3 meses de salario, aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, utilidades y prima de antigí¼edad (en su caso).

Prestaciones laborales superiores a la ley: existen empresas que además de lo anterior, otorgan otro tipo de incentivos a sus trabajadores como son el seguro de gastos médicos mayores, seguro de vida, vales de despensa, fondos/cajas de ahorro, bono de productividad y bono de puntualidad.

Estos derechos o beneficios que ofrece una empresa deben estar estipulados en tu contrato laboral y así­ poder solicitarlos.

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