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Juez ordena liberar y dar residencia temporal a migrantes por Covid-19

El INM debe liberar a las personas catalogadas dentro de los grupos vulnerables al coronavirus recluidas en estaciones

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El INM debe liberar a las personas catalogadas dentro de los grupos vulnerables al coronavirus recluidas en estaciones

Por: Excélsior Un juez federal ordenó poner de “inmediato en libertad” a todas las personas migrantes que permanecen recluidas en las estaciones migratorias de todo el paí­s que estén dentro de los grupos catalogados por las autoridades de Salud como vulnerables de contagiarse de Covid-19, como son los mayores de 60 aí±os, personas con alguna enfermedad crónica, discapacitados y menores de edad. El Instituto Nacional de Migración (INM), dependiente de la Secretarí­a de Gobernación (Segob), administra en todo el paí­s 65 centros de reclusión, entre estaciones migratorias, estancias y anexos –constituidos debido a las caravanas migratorias a finales de 2018– con miles de extranjeros retenidos; de hecho, tan sólo entre enero y febrero de este aí±o fueron detenidos 22 mil extranjeros, según la la Unidad de Polí­tica Migratoria. Para que se tenga una idea de la cantidad de migrantes que quedarán en libertad a partir de la orden del juez Primero de Distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, Jonathan Bass Herrera, entre enero y marzo de este aí±o, más de 17 mil personas, en su mayorí­a centroamericanos, pidieron asilo en México, y muchos de ellos permanecen en alguno de los 65 centros de reclusión del INM. El juez Bass Herrera ordenó a las autoridades mexicanas otorgarles a todos los extranjeros liberados derechos temporales de residencia y acceso a la salud, tanto a los migrantes y solicitantes de asilo en situación de mayor riesgo, como a mayores de 60 aí±os y personas con enfermedades crónicas. Esta resolución judicial es en respuesta a que 40 organizaciones de la sociedad civil, encabezadas por la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD); Sin Fronteras, IAP; Asylum Access, y el Instituto para las Mujeres en la Migración, A.C. (IMUMI) promovieron un amparo ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa del Primer Circuito y ayer mismo reaccionó el juzgador. En la resolución del juez Jonathan Bass Herrera se ordena también que se implementen todos los protocolos de prevención sanitaria necesarios en las estaciones migratorias y que se detecte si hay personas con posibles sí­ntomas, para evitar la propagación del nuevo coronavirus. El juez pidió a las autoridades responsables elaborar un informe detallado del número de personas recluidas y de sus condiciones de vulnerabilidad. El departamento jurí­dico del INM ya tiene conocimiento de la orden judicial. Ven poco probable que se vaya a interponer algún recurso, como un amparo, sobre todo tratándose de cuestiones sanitarias, por lo que estudian cuál será el proceso a seguir. El texto de Bass Herrera en el que concede la suspensión de los actos reclamados por las 40 organizaciones sociales dice: “Para el efecto de que las autoridades responsables, en el ámbito de sus competencias, realicen lo siguiente: Sigan los protocolos de prevención sanitaria respecto del virus SARS-CoV2 (Covid-19), conforme a lo establecido por la Secretarí­a de Salud, dentro de las estaciones migratorias de todo el territorio nacional. Implementen medidas generales sanitarias eficaces y proporcionales para la prevención y evitabilidad de contagio del virus SARS-CoV2 (Covid-19) dentro de las estaciones migratorias de todo el paí­s. Implementen las acciones necesarias para detectar a las personas con posibles sí­ntomas de infección del virus Covid-19, dentro de las estaciones migratorias, a efecto de evitar el contagio. Tomen las medidas necesarias para efecto de garantizar a las personas internadas en las estaciones migratorias de todo el paí­s el contacto con el mundo exterior a efecto de mantener comunicación con sus familias, derivado de las medidas de confinamiento establecidas para contrarrestar la propagación del virus Covid-19. Elaboren un informe detallado en el que se exponga el número de personas que se encuentran en las estaciones migratorias y, en su caso, sus condiciones de vulnerabilidad, esto es, que sean mayores de sesenta aí±os, que padezcan alguna enfermedad crónica, que tengan algún tipo de discapacidad, que sean menores de edad o de cualquier otro tipo y lo publiquen para el conocimiento de la sociedad mexicana”.
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