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Pensiones del IMSS tendrán tope de 10 salarios mínimos

Más de 20 millones de derechohabientes no podrán buscar una pensión de 25 salarios

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Más de 20 millones de derechohabientes no podrán buscar una pensión de 25 salarios

Por: Agencia Reforma 

Los trabajadores de la llamada "generación de transición" del régimen de retiro, que al jubilarse opten por una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tendrán un tope de 10 salarios mí­nimos, no de 25. Lo anterior aclaró la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver una contradicción de tesis entre tribunales federales, que amenazaba con incrementar la pesada carga fiscal que estas pensiones representarán hasta el aí±o 2080. La "generación de transición" la conforman unas 20 millones de personas que ya cotizaban en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, cuando entró en vigor la reforma que hizo obligatorias las Afores. A este grupo, el Congreso federal le dejó dos opciones cuando se retire: financiar su pensión con que lo que se haya acumulado en su Afore, o pedir una pensión al IMSS, pagada por el erario, en los términos de la Ley del Seguro Social de 1973. El pasado 24 de enero, la Segunda Sala de la Suprema Corte aclaró que, si se opta por el régimen de la Ley de 1973, aplica el tope de 10 salarios mí­nimos que ésta preveí­a, no el de 25, que está en la Ley del Seguro Social vigente, como habí­an sostenido algunos tribunales. "Es jurí­dicamente inaceptable (aplicar el top de 25 salarios), en virtud de que el financiamiento del régimen de pensión anterior y el nuevo son distintos, motivo por el cual, a cada uno se le debe aplicar la normativa correspondiente a su esquema pensionario", afirmó la Sala. La Corte publicó la tesis de jurisprudencia respectiva, que aplicará a todos los litigios en los que se reclamen los 25 salarios mí­nimos como tope del salario base para calcular la pensión. También en mayo del 2010, la Suprema Corte habí­a resuelto otra contradicción de tesis sobre el mismo tema, y habí­a ratificado que el tope serí­a de 10 veces el salario. "El salario promedio para cuantificar las pensiones de invalidez, vejez y cesantí­a en edad avanzada no puede rebasar el tope de 10 veces el salario mí­nimo vigente para el Distrito Federal", seí±aló en aquella ocasión la Corte. También en febrero del 2016, la Corte habí­a confirmado ese mismo criterio en una nueva controversia. De acuerdo el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) los trabajadores que comenzaron a cotizar antes de 1997 ejercerán una fuerte presión en el gasto público durante los próximos 16 aí±os. Estimó que estas pensiones fueron equivalentes al 3.5 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) del 2017 y que llegarán al 5.7 por ciento del 2030. Según un estudio del BID, el último trabajador de esta generación se pensionará en 2035. El BID detalla que el gasto público para este tipo de pensiones se mantuvo por debajo de 2 por ciento del PIB hasta 2007, pero a partir de 2009 comenzó a elevarse hasta tocar los 3.5 puntos del PIB en 2017, al sumar 648 mil 73 millones de pesos.
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