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Pide Collado invalidar proceso en su contra

La defensa de Juan Collado pidió a un magistrado federal invalidar su proceso y dejarlo en libertad

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La defensa de Juan Collado pidió a un magistrado federal invalidar su proceso y dejarlo en libertad

Por: Agencias Ciudad de México.- La defensa de Juan Collado pidió a un magistrado federal invalidar su proceso y dejarlo en libertad, al argumentar que la imputación por los delitos de delincuencia organizada y lavado se basa en un testigo de oí­das, en documentos bancarios ilegales y además está prescrita. Su solicitud fue planteada en una audiencia de aclaración de agravios, presidida esta maí±ana por el Magistrado Ricardo Paredes Calderón, titular del Quinto Tribunal Unitario, en una sala del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte. Conforme con el Artí­culo 478 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), el magistrado deberá resolver en un plazo de tres dí­as, contados a partir de este lunes, la apelación contra la vinculación a proceso dictada a Collado por lavado de dinero y delincuencia organizada. Durante la audiencia, que tuvo una hora de duración, cuatro abogados de Collado expusieron las aclaraciones de sus agravios o argumentos encaminados a que Paredes dicte la libertad, mientras que tres fiscales federales rebatieron sus razones y solicitaron no atenderlos e incluso "sancionarlos con el descrédito". Rodolfo De la Guardia cuestionó que, a la hora de vincular a proceso, el juez de control Jesús Eduardo Vázquez Rea modificara los hechos de la imputación, los que estableció del 4 de julio de 2013 al 10 de abril de 2015, esta última fecha en la que Collado recibió el depósito de los 24 millones de pesos. "Ninguno de los datos de prueba indica que pudo haberse integrado a la delincuencia organizada. Si el juez dice que los hechos iniciaron en 2013 y terminaron en 2015, no participó en ninguno, en ningún acto societariamente, ni en la suplantación de identidad (utilizada para vender el edificio), sino sólo en el último dato de prueba, la SPEI del 10 de abril de 2015", sostuvo. De la Guardia también expuso que la Fiscalí­a General de la República (FGR) se allegó de los estados de cuenta de Collado sin una autorización judicial. La abogada Elvia Marina Vázquez, por su parte, cuestionó que uno de los datos principales en los que se basa la imputación sea un testimonio de oí­das, el del denunciante Sergio Hugo Bustamente Figueroa, quien se dice accionista de Operadora de Inmuebles del Centro, la inmobiliaria que presuntamente simuló la venta del edificio a Caja Libertad. "Es un declarante de oí­das... el denunciante convenció a la Fiscalí­a que por haber sido sin su consentimiento es una compraventa indebida. Pero los que vendieron el inmueble comprobaron que era lí­cita y no ha sido declarada nula en un juicio mercantil", aseguró. También puntualizó que la Fiscalí­a le atribuye erróneamente a Collado funciones de administración en el delito de delincuencia organizada, sobre todo porque -según el juez de control- su participación en los hechos ilí­citos termina el 10 de abril de 2015 y él adquirió la presidencia de consejo de administración de Caja Libertad hasta el 30 de abril del mismo aí±o. Por su parte, Antonio Collado, también hermano del procesado, argumentó que los delitos que se persiguen por querella prescriben en un aí±o -contado a partir de que el denunciante tenga conocimiento del delito y del delincuente- y en tres aí±os fuera de esta circunstancia. En este caso, dijo, la conducta se consumó el 10 de abril de 2015 y la querella fue presentada por la Unidad de Inteligencia Financiera ante la FGR apenas el pasado 4 de julio, razón por la que en ambos casos la imputación de lavado está prescrita. El Fiscal federal Luis Rodrigo Arellano es quien más respuestas dio a los agravios de la defensa de Collado. Argumentó que el juez de control no modificó los hechos de la imputación sino que, por norma, no tiene acceso a los registro de la investigación. "Dicen que los estados financieros se obtuvieron sin control judicial, pero en realidad se obtuvieron antes de que la Suprema Corte de Justicia dijera que se violaba un derecho humano cuando no habí­a una orden judicial de por medio", sostuvo. Arellano también seí±aló que la querella se regula con el Artí­culo 100 del Código Fiscal, que da plazo de 5 aí±os para ser presentada, razón por la que no hay prescripción en este asunto. Con relación a la veracidad del denunciante, quien salió al quite fue la Fiscal Gloria Minerva Sánchez Dávila. "La defensa dice que el denunciante tiene calidad dudosa, pero el Código Nacional de Procedimientos Penales no seí±ala que deba tener una calidad moral", argumentó. Antes de dar por terminada esta audiencia, el Magistrado Paredes informó que las nuevas reglas del sistema acusatorio le impiden hablar de la apelación en privado con las partes. "Ya no voy a recibir absolutamente a nadie en este asunto hasta su resolución, no es ninguna desatención, es la norma del nuevo sistema", dijo.
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