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Aprueban Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios
Coahuila

Indemnizarán a particulares afectados por autoridades

Aprueban Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios

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Autor: Superchannel
18 de febrero de 2019 a las 13:50 · 692 Vistas · 2 min de lectura

Aprueban Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios

Por: Ernesto Acosta

Saltillo, Coah.- El Congreso del Estado aprobó por unanimidad la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de Coahuila, que garantiza al ciudadano el derecho a recibir indemnización económica si le causa daño una actividad administrativa irregular del Estado. Así, las dependencias públicas reasignarán partidas de sus respectivos presupuestos para cubrir indemnizaciones por responsabilidad patrimonial Los asuntos que se encuentren en trámite, relativos al reclamo de indemnización por algún acto o hecho dañoso que sea responsabilidad de un ente público, se seguirán sustanciando por la autoridad que al momento conoce del asunto y conforme a las disposiciones legales vigentes al inicio de su tramitación. El nuevo ordenamiento es una fusión de iniciativas similares presentadas por el gobernador Miguel Angel Riquelme Solís y el diputado Juan Carlos Guerra López Negrete (PAN). La Ley tiene como prioridad restaurar la integridad del patrimonio afectado mediante una compensación económica y asegurar el establecimiento de un vehículo procesal para obtener su cumplimiento, a través de la legislación y las vías ordinarias correspondientes. La responsabilidad patrimonial puede ser considerada como la vía de ejecución de reparación de violaciones de derechos humanos o como vía directa para la determinación de estas reparaciones, factor que puede disuadir la actuación irregular de las autoridades porque implicaría mayor costo. Por actividad administrativa irregular, debe entenderse aquella que cause daño o perjuicio a los bienes y derechos de los particulares que no tengan la obligación jurídica de soportar, por no existir fundamento legal o causa jurídica de justificación para legitimar el daño o perjuicio de que se trate, adoptando una definición armónica a la establecida por la ley federal. Refiere los supuestos en que los entes públicos no tendrán la obligación de indemnizar. Por ejemplo, cuando los daños y perjuicios causados no sean consecuencia directa de la actividad administrativa pública irregular, o se deriven de hechos o circunstancias que no se hubieran podido prever o evitar de acuerdo al conocimiento científico o técnico aplicable al momento de ocurrir el suceso o evento que generó el daño o afectación, o por caso fortuito o de fuerza mayor. Establece las bases para pagar indemnizaciones, como forma de pago, la cuantificación de la indemnización, y su actualización en caso de retraso en el cumplimiento. Además, el Estado podrá contratar un seguro por responsabilidad patrimonial para hacer frente a las obligaciones que por esta causa se generen a cargo del ente público y con ello proteger el erario público frente a una contingencia. Las resoluciones de la autoridad que nieguen la indemnización o que resulten desfavorables a los derechos e intereses legítimos de los particulares, podrán impugnarse a través del juicio contencioso administrativo ante el Tribunal de Justicia Administrativa. De esta manera, se da cumplimiento a la reforma al Artículo 160 de la Constitución, que obliga a los estados a contar con este ordenamiento legal para proteger al ciudadano. La Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de Coahuila señala las bases, límites y procedimientos para que particulares ejerzan el derecho a la indemnización por daños y perjuicios generados por la actividad administrativa irregular del Estado o de sus municipios. Durante la sesión del Congreso del Estado también aprobaron declarar el 2019 como el “Año del respeto y protección de los derechos humanos en Coahuila”.

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