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Matrimonio con menores, lo civil con lo canónico

Así, los párrocos y sacerdotes deberán negar las socorridas “dispensas”, que vigentes en el Derecho Canónico y el Episcopado Mexicano.

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Así­, los párrocos y sacerdotes deberán negar las socorridas “dispensas”, que vigentes en el Derecho Canónico y el Episcopado Mexicano.

Por Ruta Libre 

Saltillo, Coah.- De puntitas y sin querer queriendo, la Iglesia católica decidió armonizar por fin el Derecho Civil con el Canónico, y envió una circular pidiendo a los párrocos para no contradecir la ley que impide el casamiento civil de menores de edad.

Aunque la ley está vigente desde septiembre de 2015, fue hasta un aí±o después que el obispo Raúl Vera decidió apoyar la medida que evita prácticas que la Unicef (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia) considera un despojo de la nií±ez y violaciones a los derechos de los nií±os.

Permití­an el matrimonio de adolescentes de entre 14 y 16 aí±os, embarazadas o no y con el consentimiento de sus padres.

Y mientras que para la UNICEF a nivel mundial el matrimonio infantil es la forma más generalizada de abuso sexual y explotación de las nií±as, en México una forma de librarse de acusaciones de pederastia y/o abuso sexual es solucionando la “afrenta” con un matrimonio entre la ví­ctima y su victimario, para las parroquias locales el asunto es una cuestión de pesos y centavos, ya que el número de bodas disminuirá drásticamente.

Sin embargo, esto será sólo en teorí­a.

La burocracia clerical si bien exige documentos y papeles, ritos y prácticas especí­ficas para poder celebrar el matrimonio, no requiere que este sea avalado por un contrato civil, es decir, no se necesita acudir a una oficialí­a para contraer matrimonio, antes de celebrar la ceremonia religiosa.

Según datos del Registro Civil en Coahuila, hasta antes de la reforma, del total de 2 mil 629 matrimonios al aí±o en los que se involucran menores de edad, en sólo 522 casos, es decir, en menos de uno de cada cuatro casamientos, ambos cónyuges eran menores de edad, en la mayorí­a de los casos (400) la pareja era de un hombre mayor de edad con una menor, en 122 la adulta era una mujer.

Para permitir estos matrimonios bastaba con que hubiera una “causa grave” para admitirlo, es decir la existencia de un embarazo o una situación de enfermedad mortal, en 99% de los casos prevaleció el que hubiera un embarazo.

Si el matrimonio adolescente o con menores de edad causa un descalabro financiero a las parroquias, quizás podrí­an empezar a pensar en buscar el tesoro al final del arcoí­ris.

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