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Publica SFP sueldos de funcionarios para 2019

En los ajustes a los salarios se observa que servidores públicos que menos ganan

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En los ajustes a los salarios se observa que servidores públicos que menos ganan

Por: Agencias 
Saltillo, Coah.- La Secretarí­a de la Función Pública (SFP) dio a conocer el tabulador salarial de la Administración Pública a fin que a partir del 1 de enero de 2019 ningún funcionario pueda ganar más que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador. En la información que se publicó se observa que los altos mandos tienen una reducción salarial de hasta 40 por ciento. De acuerdo con Reforma, en los ajustes a los salarios se observa que servidores públicos que menos ganan, como los que ocupan puestos de subdirección, jefatura de Departamento y Enlace, tendrán, en algunos casos, aumentos en sus ingresos. De esta manera entre los salarios dados a conocer se encuentra que López Obrador percibirá un salario de 155 mil 835 pesos, el cual será el monto más alto que se pagará a los servidores públicos.
*Secretarios de Estado, tendrán una percepción tasada en 154 mil 365 pesos.
*Subsecretarios y los jefes de Unidad tendrán un salario de entre 139 mil 663 y 153 mil 140 pesos. *Directores generales y directores generales adjuntos cobrarán entre 91 mil 884 y 122 mil 512 pesos. *Jefes de Departamento, directores y subdirectores de írea percibirán entre 21 mil 597 y 78 mil 407 pesos. *Enlaces percibirán entre 12 mil 62 y 19 mil 484 pesos. *El importe de sueldos y salarios brutos mensuales que se otorga a los servidores públicos está integrado por: percepción base bruta y la compensación, sin considerar prestaciones. El nuevo tabulador de salarios será de aplicación obligatoria en la *Administración Pública Federal a partir del 1 de enero de 2019. Asimismo se informó que la Fiscalí­a General de la República se sujetará al nuevo tabulador de salarios solo en lo que no contravenga a las disposiciones especí­ficas aplicables a ese ejecutor de gasto. Además, en el caso de las entidades, los sueldos y salarios brutos mensuales que apruebe para su aplicación el í“rgano de Gobierno no deberá ser mayor a la que establece el tabulador de la Secretarí­a.
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