El titular de la ProcuradurÃa de la Defensa del Trabajador declaró que el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores por lo que las empresas no pueden evitar pagarlo o reducirlo.
Por: Redacción
Piedras Negras, Coah.- Sin excepción alguna todas las empresas deberán pagar el aguinaldo a sus empleados antes del 20 de diciembre, dio a conocer Francisco Javier Fabela, titular de la ProcuradurÃa de la Defensa del Trabajador.
El pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, independientemente de las demás prestaciones, y el patrón, en ningún caso, puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importeâ€, subrayó.
Aclaró que esta remuneración, es obligatoria desde 1970, la deben recibir empleados de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales, asà como los comisionistas, agentes de comercio, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Señaló el artÃculo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que quienes hayan laborado menos de un año tienen derecho a que se les pague la parte proporcional al tiempo de servicio, independientemente de que ya no estén en la empresa o trabajen para una compañÃa distinta.
Indicó que para el cálculo del aguinaldo se contemplan los periodos vacacionales, las licencias de maternidad, los descansos semanales y las incapacidades por riesgo de trabajo.
PARA SABER » Mencionó que los empleados que no reciban su aguinaldo a más tardar el 19 de diciembre pueden iniciar el trámite de juicio ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje por incumplimientos.