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México suprime visas a ciudadanos de Emiratos Árabes Unidos

Se suprime el requisito de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de los EAU.

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Se suprime el requisito de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de los EAU.

Por: Agencias

Ciudad de México.- La Secretarí­a de Gobernación publicó el Acuerdo por el que se suprime el requisito de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de los Emiratos írabes Unidos.

En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), explicó que se suprime el requisito de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales de los Emiratos írabes Unidos que pretendan ingresar al territorio de los Estados Unidos Mexicanos en la condición de estancia de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.

Para ingresar a territorio nacional en la condición de estancia seí±alada, los nacionales de los Emiratos írabes Unidos deberán cumplir con el trámite de internación a territorio nacional en la modalidad de internación de personas extranjeras que no requieren visa, previsto en los Lineamientos para trámites y procedimientos migratorios.

Precisó que la Secretarí­a de Relaciones Exteriores en términos de la normatividad aplicable, notificará al gobierno de los Emiratos írabes Unidos la decisión del gobierno mexicano de suprimir el requisito de visa en pasaportes ordinarios a los nacionales emiratí­es y formalizará con ese gobierno el instrumento correspondiente para garantizar la aplicación bajo el principio de reciprocidad de esta decisión.

El documento publicado establece que el Estado mexicano podrá suspender el presente Acuerdo de manera temporal o permanente por razones de seguridad nacional, orden o salud pública, para lo cual podrá atender las opiniones de las autoridades competentes.

Además, la Secretarí­a de Gobernación en conjunto con la cancillerí­a llevarán a cabo las acciones necesarias en el ámbito de su competencia para actualizar los procedimientos, sistemas y bases de información sobre el ingreso de personas extranjeras al paí­s con el objetivo de incorporar la medida seí±alada en el Artí­culo 1 del presente Acuerdo.

Asimismo, en términos de lo dispuesto en el artí­culo 26 fracción I de la Ley de Migración, solicitarán el apoyo de la Secretarí­a de Turismo para difundirla.

El presente Acuerdo entrará en vigor el 31 de octubre del aí±o en curso.

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