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Aguinaldo se entregará a más tardar el 15 de noviembre

Se realizará en una sola exhibición a más tardar el 15 de noviembre.

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Se realizará en una sola exhibición a más tardar el 15 de noviembre.

Por: Agencias

Ciudad de México.- La Secretarí­a de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dio a conocer las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo o gratificación de fin de aí±o para servidores públicos correspondiente al ejercicio fiscal 2018, el cual deberá pagarse a más tardar el 15 de noviembre próximo.

En un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, precisó que los servidores públicos cuya relación jurí­dica de trabajo se regula por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Apartado B) del artí­culo 123 de la Constitución tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a cuando menos 40 dí­as de salario, sin deducción alguna.

La dependencia detalló que el pago del aguinaldo o gratificación de fin de aí±o se realizará en una sola exhibición a más tardar el 15 de noviembre, salvo que conforme a la disponibilidad presupuestaria, tenga que realizarse en dos exhibiciones.

En ese caso, subrayó, la primera exhibición se realizará a más tardar el 15 de noviembre de 2018 y la segunda antes del 15 de enero de 2019.

Seí±aló que dicha gratificación incluye al personal operativo de confianza de las dependencias y entidades de la administración pública federal, de enlace y de mando, así­ como del servicio exterior mexicano que esté en funciones en el paí­s.

Además, abundó, al personal en retiro, con pensión militar, civil o de gracia, y los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o con cargo al erario federal.

También, a las personas fí­sicas contratadas para prestar servicios profesionales bajo el régimen de honorarios y con cargo a recursos del capí­tulo de servicios personales del Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal que prestan sus servicios a las dependencias y entidades, al Servicio Exterior Mexicano y a las Fuerzas Armadas, anotó.

La dependencia aclaró que no tendrán derecho al aguinaldo o gratificación de fin de aí±o las personas fí­sicas contratadas bajo el régimen de honorarios especiales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, así­ como aquéllas a las que se cubran percepciones diferentes a los puestos mencionados.

Tampoco, aí±adió, en el decreto vigente a partir de maí±ana, el personal a que se refieren los convenios de coordinación técnica de enseí±anza con las entidades federativas.

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