
Analizarán si Miguel Mancera fue integrado en su lista de candidatos plurinominales al Senado conforme a la normatividad.
Por Reforma
Ciudad de México.- El Tribunal Electoral federal ordenó a la dirigencia del PAN revisar si la integración de Miguel íngel Mancera en su lista de candidatos plurinominales al Senado se hizo conforme a la normatividad interna del partido.
La Sala Superior resolvió que la Comisión de Justicia del PAN declaró procedente el registro de fórmulas de candidatos a senadores plurinominales sin atender de manera exhaustiva los reclamos de una militante a la que, a su vez, le fue retirado su lugar en la lista.
La consejera Mirelle Alejandra Montes Agredano argumentó que la declaración de procedencia de la candidatura del Jefe de Gobierno de la Ciudad de México -que ocupa el segundo lugar de la lista- no cumplió con requisitos establecidos en el Reglamento de Selección de Candidaturas y en la Convocatoria para participar en el proceso interno de selección de candidatos de representación proporcional al Senado.
La panista abundó que dicha normatividad indica que los aspirantes que no sean militantes del partido deberán obtener la autorización del CEN con al menos 24 horas de anticipación a la solicitud de registro de la precandidatura.
Agregó que Mancera tampoco cumplió con el requisito del Reglamento consistente en acompaí±ar su solicitud con las firmas de apoyo del 10 por ciento de los integrantes del Consejo Estatal de la Ciudad de México.
Montes Agredano aí±adió que también se soslayó el requisito de que el orden de las fórmulas de candidatos en la lista se debe decidir en virtud de la votación obtenida por los aspirantes.
"(La inconforme sostiene que) la resolución impugnada no es exhaustiva en el análisis del agravio relativo a la violación derivada de seleccionar la fórmula encabezada por el ciudadano Miguel íngel Mancera Espinosa, pues no dio respuesta puntual y únicamente seí±aló que tuvo a la vista ciertos documentos sin especificar cuáles, y no se pronuncia sobre si pidió autorización conforme a lo prescrito en la convocatoria.
"Asimismo, la actora sostiene que la Comisión de Justicia no se pronunció respecto a la manifestación de que no fue cumplido el requisito de contar con el 10 por ciento del apoyo de los consejeros del Consejo Estatal", indica la sentencia propuesta por el Magistrado Reyes Rodríguez.
En la etapa de alegatos, la Comisión de Justicia del blanquiazul argumentó ambiguamente que hubo "varios momentos procesales" sobre la aceptación de candidaturas ciudadanas, y que la designación de Mancera fue avalada por la votación del Consejo Nacional.
Agregó que la aceptación del registro del Mandatario capitalino ya se contemplaba en un oficio del 15 de febrero en el que el presidente nacional del partido, entonces Damián Zepeda, autorizaba la participación de diversos ciudadanos en el proceso interno de designación de candidatos.
Montes Agredano también reclamó la decisión de revocarle su lugar en la lista, a lo que la Comisión de Justicia del PAN respondió que la convocatoria otorgaba de antemano a la Comisión Permanente la facultad de sustituir o descartar fórmulas propuestas por los Consejos Estatales.
La Sala Superior ordenó por unanimidad a la Comisión de Justicia emitir, en no más de 48 horas, una nueva resolución tras hacer un análisis completo, exhaustivo, fundado y motivado de la totalidad de los conceptos de violación denunciados por Montes Agredano.