
Tribunal asumió la jurisdicción del caso y resolvió vincular a proceso al sargento José; ordenó su aprehensión inmediata.
Por: Agencias
Ciudad de México.-Â Cuatro militares se retractaron de sus seí±alamientos contra el Sargento Segundo José Isidro Gómez Hernández, presunto asesino de un huachicolero en Palmarito, porque aseguraron ante un juez federal que la PGR los intimidó en el primer interrogatorio donde los cuestionó sobre el acusado.
De acuerdo con el fallo de vinculación a proceso del sargento, dictada por el Segundo Tribunal Unitario de Puebla, los testimonios que luego desconocieron no eran imputaciones directas, sin embargo, sí ubicaban al sargento en el operativo de la noche del 3 de mayo en Palmarito y ellos sí se reconocían en el video que filmó el homicidio.
En una audiencia del 7 de junio, uno de los militares dijo que nada de eso era cierto, aunque antes lo había manifestado y firmado por escrito.
âNo me reconozco en ningún video y si lo dije es porque fue muy insistente el Ministerio Público, inclusive se encaró conmigo y me intimidó de cierta forma, me dijo que aquí me iba a tener y aquí me tiene.
âLeí mi declaración y la firmé porque tuve que hacerlo, pero quiero precisar que en esa no aseguro nada porque tuve que hacerlo, quiero precisar que en ese momento no aseguro nada de lo que estoy diciendoâ, declaró uno de los militares. ante el juez de control.
Rechaza ilegalidad
En su escrito de agravios ante el tribunal, la Procuraduría General de la República (PGR) rechazó una ilegalidad en las entrevistas que practicó en un principio a los militares y sostuvo que más bien ellos probablemente se retractaron ante el juez por una cuestión de âdisciplinaâ militar.
âAl ser miembros del Ejército nacional implica que los mismos están sometidos a una disciplina jerárquica, lo que implica respeto, subordinación y obediencia a los grados superiores y que en caso de desobedecer dicho código de conducta, sus superiores están facultados para reprenderlos.
âSituación que en el caso en concreto es de obligada observancia en atención a que el imputado es de una jerarquía superior a la mayoría de los testigos, lo que implicaría de manera indirecta, cuando menos, un respeto hacía su grado y más aún el hecho de que la defensa del imputado esté conformada completamente por oficiales del Ejército Mexicano...
âImplica que los testigos de manera directa o indirecta podrían haberse sentido obligados o conminados a no contravenir lo manifestado por dichos sujetosâ, dijo la PGR al tribunal.
Primero, no
El 7 de junio pasado el juez de control federal Luis Jiménez Martínez determinó no vincular a proceso al sargento por el delito de homicidio calificado, al considerar que no estaba acreditado el origen del video que grabó el asesinato y que no había testimonios directos en su contra.
La PGR apeló de inmediato la resolución porque estimó que, en principio, la necropsia realizada el 5 de mayo arrojó que el presunto huachicolero sólo tuvo una causa de muerte, el traumatismo craneoencefálico producido por un proyectil de arma de fuego.
Alegó también que, más allá del origen cuestionado por el juez, el video se correspondía en modo, tiempo y lugar con los hechos, además de que constaba un análisis forense que concluía que no tenía cortes y presentaba imágenes con secuencia lógica, cronológica y continua.
La PGR también cuestionó que el juez de control le diera más valor a las retractaciones de los cuatro militares, que a sus declaraciones iniciales vertidas en entrevistas, dado que existe jurisprudencia que otorga prioridad a estas últimas por su inmediatez ante los hechos.
Uno de los militares que después se desdijo, narró en su primer testimonio que él estaba muy cerca del vehículo gris de los huachicoleros en posición de rodilla en tierra y que se percató que había un cadáver después de que le dieron la indicación de cubrirse ante un posible tiroteo.
âNo sé cuánto tiempo pasó, hasta que un compaí±ero me tocó la espalda y me dijo âcúbrete, cúbrete, porque se escuchan muchos disparos en ráfagas todavíaâ, entonces cuando él me hizo esa pregunta (sic) yo levanté la cara y vi una persona robusta en un charco de sangre, entonces levanté más la mirada y vi al sargento con el rompeflamas hacia el cielo, aproximadamente unos dos metros de la persona que estaba en el charco de sangre.
âYo en ningún momento vi que el sargento accionara su armaâ, declaró.
El día 30 del mismo mes, el magistrado Esteban Santos Velázquez, titular del Segundo Tribunal Unitario de Puebla, revocó el fallo de primera instancia y sostuvo que la acusación de la PGR sí ofrecía los datos suficientes para vincular a proceso al integrante de la Policía Militar.
âEstado emocionalâ
El juez Luis Eduardo Jiménez Martínez consideró en su resolución inicial que las evidencias aportadas por la PGR âno eran suficientesâ para abrir un proceso en contra del Sargento por el delito de homicidio doloso.
Entre sus argumentaciones, por ejemplo, seí±aló que lo ocurrido en Palmarito era un âescenario de guerra literalmente hablandoâ, que los soldados estaban en un âestado emocional de alerta máximaâ, por lo que no era ilógico que utilizara el arma que portaba.
âEn este escenario de matar y morir, a consideración del suscrito justifica la utilización de los armamentos con que cuentan nuestras fuerzas de seguridad pública (militares), pues sería absurdo pedir que los cuerpos policiales no utilicen las armas que llevan cuando están siendo víctimas de un ataque frontal y de un estado de peligrosidad máximaâ, dijo el juez.
Sin lógica
La PGR subrayó que el hecho de que el sargento pertenezca a una institución âhonorableâ y que si se le procesa se irá a prisión no pueden ser argumentos para no someter a juicio a un detenido, pues se trata de un proceso civil y la ley aplica igual para todos.
âDespués de analizar las referencias emitidas por el juzgador en su resolución, estas producen falta de certeza jurídica ya que las mismas carecen de toda lógica jurídica en virtud de que si bien es cierto no queda duda que el imputado resulta ser un elemento de la Defensa Nacional, es un procedimiento de forma ordinaria que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que su calidad de militar no es motivo suficiente para que tuviese un procedimiento castrense o de otro ordenâ, seí±ala el expediente.
La PGR también reprobó que el juez haya considerado a los policías como âineptos y corruptosâ, lo que calificó como una afirmación âgrave y prejuiciosaâ.
Lo cuestionan
A pesar de que el expediente marca con claridad que los cuatro elementos interrogados se retractaron de los seí±alamientos hechos ante la PGR, lo cierto es que uno de los soldados sí advierte que el sargento pudo haber hecho el disparó y hasta lo cuestionó del motivo.
Textualmente el militar advierte que âvio al sargento que le disparó al civil antes mencionado que estaba boca abajoâ. Luego, agrega que se le aceró para âpreguntarle por qué lo había hechoâ o âsi se le había ido un tiroâ a lo que este le respondió â¿tú qué, pinche soldado?â (Con información de Reforma / Animal Político)