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Aprueba NL la ‘licencia para matar’

De acuerdo con esta iniciativa cualquier persona puede ejercer fuerza letal contra quien traspase o pretenda traspasar su propiedad sin autorización.

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De acuerdo con esta iniciativa cualquier persona puede ejercer fuerza letal contra quien traspase o pretenda traspasar su propiedad sin autorización.

Por: Proceso

Ciudad de México.- El Congreso de Nuevo León aprobó hoy reformas al Código Penal que permiten a los ciudadanos de la entidad privar de la vida a las personas que invadan su hogar, si es que percibe que se encuentran en peligro él, su familia o las personas que lo acompaí±en.

De acuerdo con la iniciativa, que enmienda el artí­culo 17 de la mencionada ley, cualquier persona puede ejercer fuerza letal en contra de quien traspase o pretenda traspasar, sin autorización, la propiedad en la que se encuentren los afectados.

“Igual presunción, salvo prueba en contrario, favorecerá al que causare cualquier daí±o, lesión o prive de la vida a otro, a quien encontrare dentro de su hogar; en la casa en que se encuentra su familia, aun cuando no sea su hogar habitual; en un hogar ajeno que aquel tenga obligación de defender; en el local en que aquel tenga sus bienes, o donde se encuentren bienes ajenos que tenga obligación legal de defender, y el intruso ejerza violencia sobre las personas o sobre las cosas que en tales sitios se hallen”, seí±ala el código aprobado.

La iniciativa, presentada por el legislador panista Marcos Mendoza Vázquez, pretende dar certeza jurí­dica a los particulares cuando invoquen el concepto legal de legí­tima defensa, una demanda que le externaron ciudadanos de su distrito que temen ser ví­ctimas de la delincuencia.

Seí±ala el mismo artí­culo que es legí­tima defensa cuando, el que la ejerza, “obre en defensa de su persona, de su familia, de su honor o de sus bienes, o de la persona, honor o bienes de otro, repeliendo una agresión actual, violenta, sin derecho, y de la cual resulte un peligro inminente”.

“Se presumirá que concurren los requisitos de la legí­tima defensa, respecto de aquel que rechazare al agresor, en el momento mismo de estarse introduciendo o realizando actos idóneos encaminados a lograr entrar a su casa o departamento habitado, o de sus dependencias, cualquiera que sea el daí±o causado al agresor”, indica la modificación.

Mendoza explicó que esta reforma ayudará a los ciudadanos a protegerse legalmente ante la ola de inseguridad, ejecuciones, robos a casa habitación, que provocan daí±os fí­sicos o sicológicos a las ví­ctimas pues, con anterioridad, el agresor podí­a alegar exceso de legí­tima defensa y resultar impune del hecho ilí­cito.

“Para los casos de que el padre de familia se vio en la necesidad de defender a su familia por un intruso, este padre de familia pueda alegar después, ante el juez, que no se le acuse de homicidio, sino que se le vaya a la parte de la legí­tima defensa”, explicó el legislador.

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